El Ministerio de Consumo ha sancionado a Mercadona con una multa de 30.000 euros por irregularidades en la presentación comercial de sus «tortillas de avena 51 %». La resolución, originada a raíz de una denuncia de la organización FACUA, penaliza la denominación del producto y la ausencia de los datos de contacto de la cadena de distribución.

El expediente, ratificado por la Secretaría General de Consumo y Juego, clasifica las infracciones en tres faltas leves, sancionadas con 10.000 euros cada una en su grado máximo. Además de la multa económica, el organismo estatal exige a la empresa de supermercados la rectificación de los envases para ajustarlos a la normativa vigente.
Según detalla la resolución, el producto vulnera la norma de calidad del pan. La legislación estipula que, si un pan especial con formato de tortilla incluye más de un cereal, la etiqueta debe mencionarlos todos, independientemente de si son integrales o refinados. En este caso, el envase destacaba en exclusiva el porcentaje de harina integral de avena, mientras que, de acuerdo con la denuncia de FACUA, este ingrediente apenas representaba la quinta parte de la composición total al combinarse con otras harinas refinadas.
La responsabilidad de la marca blanca
El tercer motivo de la sanción recae sobre la información corporativa impresa en el paquete. Consumo argumenta que el etiquetado omitía los datos de la razón social de Mercadona, mostrando únicamente los de la industria fabricante.
La normativa europea sobre información alimentaria establece que, en los artículos comercializados bajo la marca del distribuidor, la empresa responsable de la información frente al comprador es la titular de la firma y no la industria elaboradora, que no interviene directamente en la comercialización final.
Contra esta decisión administrativa, la cadena de supermercados dispone de un plazo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.




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