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Las exigencias comunitarias en bienestar animal no terminan cuando se cruzan las fronteras de la UE, dice el TJ

Porcino 27 Abr 2015 0

El Tribunal de Justicia de Luxemburgo ha dictaminado que las exigencias en materia de bienestar de los animales no acaban cuando se cruzan las fronteras de la UE. Por tanto, los intervalos de suministro de agua y de alimento y el tiempo de viaje y de descanso también se aplican a la parte del viaje que transcurre fuera de la Unión Europea.

La sentencia del TJ es respuesta a una pregunta de un tribunal alemán, el Bayerischer Verwaltungsgerichtshof (Tribunal de lo ContenciosoAdministrativo de Baviera), que deseaba saber si los requisitos relativos al cuaderno de a bordo u hoja de ruta y la facultad de la autoridad competente del lugar de salida para exigir modificaciones, en su caso, también se aplicaban a la parte del viaje que transcurría fuera del territorio de la UE en un transporte hacia terceros países.

En su sentencia, el Tribunal de Justicia ha respondido afirmativamente a esta cuestión. Por lo tanto, para que la autoridad competente del lugar de salida pueda autorizar un transporte que suponga un viaje largo para caballos, bovinos, cerdos, ovejas y cabras, el organizador del viaje deberá presentar un cuaderno de a bordo u hoja de ruta que sea realista y que muestre que respetará la normativa comunitaria tanto en suelo UE como no UE. El cuaderno de a bordo u hoja de ruta deberá contener las indicaciones necesarias relativas a los intervalos de suministro de agua y de alimentación y al tiempo de viaje y de descanso para todo el viaje. Si el cuaderno no cumple esos requisitos, la autoridad competente estará facultada para exigir que se modifiquen las disposiciones tomadas.

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