La Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto el litigio de marcas que enfrentaba a las entidades Grupo Leche Pascual, S.A. y J. García Carrión, S.A., propietaria de la marca Don Simón. Ha autorizado a Don Simón y a Pascual a etiquetar “Funciona” en la bebida de leche y frutas
Desde 2006 el Grupo Leche Pascual comercializa una bebida de leche y frutas bajo la denominación “Pascual Funciona”, con una cuota de mercado del 40% en aquel momento. Dos años después, García Carrión empezó a comercializar una bebida de zumo y leche bajo la denominación “Don Simón Funciona” y “Don Simón Funciona Max”, con una representación gráfica similar a la de Pascual. Por este motivo, el Grupo Pascual decidió demandar a la empresa García Carrión, acusando de acciones marcarias y de competencia desleal.
El Juzgado desestimó las acciones marcarias pero si consideró que Don Simón no había actuado con buena fe. Esta sentencia fue recurrida por ambas partes.
Para la Sala Primea del TS, el empleo de la indicación “Funciona” junto a la marca notoria “Don Simón” en los envases de la bebida de leche y zumo de frutas que comercializa desde 2008 no genera en la mente del consumidor medio (normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz) una conexión o vínculo con la marca de Pascual, que equivalga a su evocación.
No obstante, la sentencia ratifica la condena a García Carrión de indemnizar al Grupo Leche Pascual con 494.354 euros por daños y perjuicios.




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