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COAG-Iniciativa Rural recomienda a los cuenta propia del REASS próximos a su jubilación que se pasen al régimen transitorio

29/01/2004

Toledo, 28 de enero de 2004.- La reforma de la Seguridad Social Agraria aprobada hace un mes por el Gobierno contempla el mantenimiento del Régimen Especial Agrario (REASS) tradicional sólo para quienes ya estaban inscritos en él antes del 31 de diciembre pasado y un Régimen Transitorio al que obligatoriamente deben adcribirse quienes se incorporen nuevos al REASS y al que también pueden acceder voluntariamente el resto de trabajadores por cuenta propia del REASS. Dicho Régimen transitorio supone la equiparación en un plazo de 15 años de las cotizaciones del Régimen Especial Agrario y del Régimen Especial de Autónomos (RETA). La aproximación de ambos regímenes se consigue a través de fijar ya para este año 2004 las mismas bases de cotización e ir aplicando unos tipos de cotización crecientes cada año.

Este mecanismo de transitoriedad -en el que con tipos de cotización bajos en los primeros años (16,30 % en el 2004) y bases de cotización (sobre las que se establece las prestaciones de jubilación) comparativamente más altas que en el REASS tradicional- hace que el cambio al REASS transitorio sea recomendable para aquellos cuenta propia a los que le falten muy pocos años para alcanzar la edad de jubilación, siempre y cuando al llegar ésta hayan cotizado por un período cercano a los 35 años o más y, por supuesto, que puedan permitirse pagar más.

Por poner un ejemplo práctico, a quien le falte un año para jubilarse, si se pasa al régimen transitorio cotizará algo menos de 20.000 pesetas más que en el REASS tradicional; pero cuando se jubile, en las primeras 15 pagas ya habrá recuperado esa cantidad. En el caso de faltar dos años se “amortizará” lo que se haya cotizado más en 21 pagas. Y asi sucesivamente hasta llegar a quien le falten 15 años de cotización, que podría recuperar en alrededor de 75 pagas. Eso siempre suponiendo que se elige la base mínima de cotización; ya que en los casos en los que se está más próximo a la jubilación podría incluso interesar cotizar por una base más alta.

El sistema, por el contrario empieza a no ser recomendable para quienes les falte más de 15 años para jubilarse, para aquellos que en la fecha de jubilación vayan a acumular menos de 30 años cotizados o quienes tengan pensado acogerse al cese anticipado de la actividad agraria.

No obstante conviene aclarar que es necesario que cada cual estudie su caso particular porque hay muchos factores que pueden intervenir en esta cuestión y que, además, las recomendaciones están basadas en presuponer que no habrá cambios futuros en la legislación y considerando únicamente la pensión de jubilación y no otras pensiones que pudieran sobrevenir por incapacidad temporal o permanente, por ejemplo, cuyo sistema de cálculo tiene en cuenta períodos mucho más cortos de cotización o bien la base de cotización que se tenga en el momento en que sobrevenga la incapacidad.

El primer plazo para que se cambien al sistema transitorio del REASS quienes estén en el REASS tradicional finaliza este 31 de enero y al estar fijado por Ley y disueltas las Cortes Generales resultaría complicado que hubiera una prórroga, aunque podría hacerse mediante un Real Decreto-Ley. Después del 31 de enero y hasta el 1 de octubre también se puede solicitar el cambio, pero ya no tendrá efecto hasta el 2005. Cada año podrá tramitarse el cambio del REASS tradicional al transitorio antes del 1 de octubre… con efectos en cuanto a cotizaciones para el siguiente ejercicio.

Independientemente de que, como consecuencia de la transitoriedad del mecanismo establecido, a determinados agricultores puede convenirles pedir el cambio del REASS tradicional al REASS transitorio, COAG-Iniciativa Rural considera que el Gobierno ha condenado al Régimen Especial Agrario a la vía muerta; ya que tanto el REASS tradicional como el transitorio tienen fecha de caducidad.

El nuevo sistema de REASS es mucho más gravoso para todos los que se incorporen a partir de ahora; ya que sus cotizaciones a la seguridad social agraria se irán incrementado año tras año y dentro de 15, cuando se hayan equiparado al RETA, estarán pagando el doble de lo que pague un agricultor del REASS tradicional, sin que se corresponda, además, un aumento proporcional en las prestaciones. Es evidente que el plan diseñado por el Gobierno, una vez finalizado el período transitorio, sólo resultará adecuado para aquellos agricultores que cuenten con suficiente poder contributivo como para pagar cotizaciones más altas… y que supondrá una carga excesiva para la mayor parte de los titulares de pequeñas y medianas explotaciones.

COAG-Iniciativa Rural recuerda que las rentas del sector agrario están aún muy por debajo (del orden del 40 % menos) de las rentas generadas por el resto de actividades ecómicas y, en consecuencia, la organización va a seguir reivindicando que los agricultores profesionales de la explotación familiar puedan contar con un sistema de protección social que contemple las especificidades propias de la actividad agraria y que les permita acceder a prestaciones dignas con unos niveles de cotización acordes a sus ingresos.

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