ASAJA-Almería quiere recordar a Martín Soler y a algunos representantes de organizaciones agrarias que la exención del uso del tacógrafo para vehículos de transporte de empresas agrícolas está vigente y regulado mediante el Real Decreto 2242/1996 de 18 de octubre de 1996.
Esta organización lo puso en conocimiento de las diferentes administraciones y del resto de organizaciones agrarias durante la reunión mantenida en la Subdelegación del Gobierno el pasado 11 de mayo, por lo que nos parece lamentable que algunos quieran “apuntarse el logro” de algo que no les corresponde y quieran engañar al agricultor.
ASAJA informa además, que este decreto 2242/1996 establece en su artículo 2 las exenciones al uso del tacógrafo en “vehículos utilizados para el transporte de mercancías por empresas agrícolas, hortícolas, forestales o de pesca, en un radio de acción de 50 kilómetros alrededor del lugar en que esté domiciliada la correspondiente autorización de transporte, incluido el territorio de los municipios cuyo núcleo urbano se sitúe en dicho radio”.
Además, el nuevo Decreto en vigor, el RD 640/2007 de 18 de mayo, no modifica lo establecido anteriormente con respecto al tacógrafo, por lo que ASAJA no entiende que Martín Soler y algunas organizaciones agrarias quieran justificar su trabajo con algo que no es nuevo, y que ASAJA ha estado realizando a numerosos asociados desde hace mucho tiempo obteniendo resoluciones favorables y permitiendo a los agricultores la no instalación del tacógrafo.
Por todo esto, ASAJA pide tanto a Martín Soler como a COAG una clarificación de sus declaraciones y solicita una vez más que se trabaje realmente por mejorar la situación de los agricultores almerienses y no se “venda” lo que no se hace.






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