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A día de hoy las granjas avícolas de Castilla y León no se pueden asegurar por influenza aviar, pero si las de Madrid

Avicultura 26 Ene 2022 0

Una cláusula del seguro que garantiza la indemnización de los efectos de la influenza aviar en explotaciones avícolas establece que se prohíbe asegurar, en caso de la aparición de Influenza aviar, hasta transcurridos 42 días desde la declaración oficial del último foco en cualquier explotación aviar de la Comunidad Autónoma. En consecuencia, dado que la enfermedad se detectó la pasada semana en una explotación de la provincia de Segovia, se ha suspendido la contratación de este seguro para todo el ámbito geográfico de Castilla y León.

Con esta cláusula se da la ilógica situación, denuncia UPA, que un ganadero de Burgos o de León, a día de hoy, no puede asegurar su granja, cuando ésta está a más de 200 kilómetros del foco de Segovia, y sin embargo sí puede hacerlo una explotación de la Comunidad de Madrid, por ejemplo, que está mucho más cerca.

Por este motivo, UPA ha solicitado a Enesa que deje sin efecto dicha cláusula. Considera que la medida de salvaguarda puede ser útil en comunidades autónomas uniprovinciales pero resulta ilógico y poco riguroso, que se aplique esta actuación en una región como Castilla y León.

UPA remitió ayer un escrito a Enesa y además una carta a la Comisión de Seguros de la Junta de Castilla y León, donde están representadas las Opas y la propia Administración regional, donde proponen un cambio en el criterio de la referencia autonómica por otro que tenga en cuenta el riesgo real del foco y distancias objetivas del mismo, independientemente de las comunidades autónomas a que afecte.

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