• Agrodigital - La web del campo
  • Contáctanos
  • separador
  • Anúnciate con nosotros
  • ✉︎ NEWSLETTER
  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Remolacha y azúcar
    • Frutas y hortalizas
    • Insumos agrícolas
    • Vino
    • Olivar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • PAC España
    • Política agraria países terceros
    • OMC-Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • Voces del campo
    • Entrevistas
    • Opinión

La natamicina no se puede usar en vino

Vino 3 Abr 2019 0

A raíz de recientes actividades del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (SEPRONA) relativas a la presencia del aditivo NATAMICINA en vino, la Agencia española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) ha señalado que dicho aditivo no está autorizado ni en vino ni en sus homólogos sin alcohol. Por ello, la mera detección de esta sustancia en vino constituye un incumplimiento de la legislación alimentaria en vigor en nuestro país, y la UE.

La natamicina, también conocida como pimaricina, es un aditivo alimentario con función antimicótica del grupo de los macrólidos incluida en la lista positiva de aditivos (identificado como E 235) recogida en la parte B del anexo II perteneciente al Reglamento (CE) Nº 1333/2008. Se encuentra únicamente autorizado en toda la UE para el tratamiento de la superficie de queso duro, semiduro y semiblando sin cortar, de productos a base de queso duro, semiduro y semiblando sin cortar (dosis máxima de 1mg/dm2, no presente a 5 mm de profundidad), y de embutidos curados secos (dosis máxima de 1 mg/kg).

En el ámbito internacional, se informa que la Norma General para los Aditivos Alimentarios -CODEX STAN 192-1995- del Codex Alimentarius, organismo conjunto FAO/OMS, reconoce también la natamicina como aditivo alimentario, identificada como SIN 235, y la autoriza para su uso en categorías similares a las recogidas en la normativa de la Unión Europea. Esta Norma internacional tampoco incluye su empleo en la producción vitivinícola.

Deja un comentario Cancelar respuesta

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Te puede interesar:

El Govern presenta un plan de choque de 20 M€ para el sector vitivinícola catalán
Vino29 Jul 2026

El Govern presenta un plan de choque de 20 M€ para el sector vitivinícola catalán

OIVE anima a bodegas y viticultores a utilizar contratos tipo homologados
Vino27 Jul 2026

OIVE anima a bodegas y viticultores a utilizar contratos tipo homologados

El Gobierno aprueba un real decreto para garantizar las ayudas de la PAC en vino, apicultura y frutas y hortalizas en 2028
Vino22 Jul 2026

El Gobierno aprueba un real decreto para garantizar las ayudas de la PAC en vino, apicultura y frutas y hortalizas en 2028

Agrodigital
Contacto Anúnciate con nosotros

¿Quieres estar al día de todo lo que pasa en el campo?

Suscríbete a nuestra Newsletter

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2026 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario y obtener analítica web.AceptarRechazar