• Buscador
  • Contactenos
  • separador
  • SUSCRIBASE
  • Anuncios clasificados
Agrodigital

la web del campo

  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Frutas y hortalizas
    • Vino
    • Olivar
    • Remolacha y azúcar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
    • Insumos agrícolas
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • Política agraria España
    • Política agraria países terceros
    • OMC-Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • Artículos
Está aquí: Home / Ganadería / Ganadería / Nuevo procedimiento telemático para la emisión de certificado de exportación de medicamentos veterinarios

           
Con el apoyo de

Nuevo procedimiento telemático para la emisión de certificado de exportación de medicamentos veterinarios

04/03/2019

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha implementado un nuevo servicio telemático para la solicitud de expedición de Certificados de Exportación de Medicamentos Veterinarios.

La Agencia viene implantando una serie de mejoras con objeto de agilizar la tramitación de procedimientos relativos a medicamentos veterinarios. En este sentido, la AEMPS impulsa ahora una nueva iniciativa para que el solicitante pueda presentar de forma telemática a través de RAEVET II la solicitud para la obtención de diversas solicitudes que no estaban recogidas por una aplicación propia.

El Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 29/2006 de Garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios, en su Título V, art. 73, establece quién puede exportar medicamentos.

El Real Decreto 824/2010, de 25 de junio, por el que se regulan los laboratorios farmacéuticos, los fabricantes de principios activos de uso farmacéutico y el comercio exterior de medicamentos y medicamentos en investigación, en su Capítulo VIII, art. 54, regula la exportación de medicamentos, estableciéndose que la exportación de los medicamentos autorizados en España podrá realizarla el titular de la autorización, el fabricante y/o el importador, así como los almacenes mayoristas.

Por otra parte, el art. 56 de este mismo real decreto establece que la AEMPS emitirá las certificaciones acreditativas de las características del medicamento de cara a su exportación.

Conforme el Capítulo VIII de la Circular 1/2015, sobre Comercio Exterior de Medicamentos, en el caso de los medicamentos veterinarios registrados se solicitará la emisión del certificado al Departamento de Medicamentos Veterinarios.

Se indica que se empleará el modelo establecido de acuerdo con las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS), publicadas en su página web, o el modelo más simple (conocido como Certificado de Libre Venta -CLV-), que deberá contener, al menos, los siguientes datos: titular, nombre del medicamento, número de registro, composición cuantitativa en principios activos y país de destino.

La solicitud se acompañará del justificante del pago de tasa (en el caso de que vayan varios medicamentos en el mismo certificado la tasa a abonar será la correspondiente al número de medicamentos incluidos en el certificado) y del modelo de Certificado en formato Word.

En caso de que el país de destino del certificado exija que se adjunte la ficha técnica y/o el prospecto, cuando se necesite exclusivamente en español, la AEMPS lo obtendrá directamente de RAEVET (en caso de no estar disponible en RAEVET deberá ser aportado por el solicitante). Si se precisa que la ficha técnica y/o prospecto vayan bilingües en español/inglés, el solicitante adjuntará una propuesta con la solicitud.

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Escriba un comentario: Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Lo último sobre GANADERÍA

  • Francia mantiene el cupo de sacrificio del lobo y limita los disparos a zonas prioritarias 04/12/2025
  • Nuevos asaltos a explotaciones de ovino en Colmenar Viejo 04/12/2025
  • El MAPA comprará vacuna para la DNC y dará apoyo económico para la influenza aviar 03/12/2025
  • La bonificación en los pastos de montes públicos aliviará a la ganadería extensiva en Andalucía 01/12/2025
  • Aragón extenderá el almacenamiento refrigerado para cadáveres ganaderos 27/11/2025
  • La carne española se podría encarecer hasta 4 € por cerdo y 15 céntimos por pollo por el reglamento de deforestación 26/11/2025
  • El trapo de cocina de mi señora (X. Iraola) 24/11/2025
  • Solo en 5 provincias españolas no circula el virus de la lengua azul 24/11/2025

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2018 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web y obtener analítica web. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que está de acuerdo.Estoy de acuerdo