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Extremadura convoca ayudas para razas autóctonas españolas

10/01/2019

La Consejería de Medio Rural de la Junta de Extremadura, a través de su Diario Oficial (DOE), ha convocado ayudas para la gestión de los libros genealógicos y la realización de los programas de mejora de las razas ganaderas autóctonas españolas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2019.

Las ayudas para la gestión de los libros genealógicos podrán ser beneficiarios de estas ayudas las asociaciones/organizaciones de criadores de razas ganaderas autóctonas puras que carezcan de ánimo de lucro y que hayan sido reconocidas oficialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, o por la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura para la gestión de los Libros Genealógicos, razas definidas en el artículo 2 del Decreto 80/2016, modificado por Decreto 191/2018, así como aquellas asociaciones de ámbito autonómico reconocidas por la autoridad competente y colaboradoras en la realización de dichas actividades.

Tendrán la consideración de actividades subvencionables aquellas actuaciones relacionadas con las tareas propias y necesarias para la gestión y funcionamiento de los libros genealógicos y serán subvencionables, de acuerdo con lo establecido en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, gastos de personal, de locomoción, informáticos, por actuaciones genéticas y difusión de las razas y de electricidad, agua y otros generales de los centros u oficinas de trabajo.

La cuantía de las ayudas por las actividades subvencionables descritas en el apartado 1 de este artículo será del 100% sin superar en ningún momento la cantidad de 80.000 euros por asociación u organización en cada anualidad, quedando condicionada la misma a la existencia de disponibilidades presupuestarias.

Por su parte, en el caso de la realización de los programas de mejora, podrán ser beneficiarios de estas ayudas las asociaciones y/u organizaciones de criadores de razas ganaderas autóctonas puras definidas en el artículo 2 del Decreto 81/2016, de 21 de junio, modificado por Decreto 190/2018, de 27 de noviembre, que carezcan de ánimo de lucro y que hayan sido reconocidas oficialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, o por la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura para el desarrollo de las pruebas de mejora. También podrán ser beneficiarios aquellas asociaciones de ámbito autonómico reconocidas por la autoridad competente y colaboradoras en la realización de dichas actividades.

Tendrán la consideración de actividades subvencionables aquellas actuaciones relacionadas con las tareas propias y necesarias para la realización y desarrollo de los programas de mejora. En concreto, serán subvencionables, de acuerdo con lo establecido en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, gastos de personal, de locomoción, informáticos por actuaciones genéticas y difusión de las razas, de electricidad, agua y otros generales de los centros u oficinas de trabajo, entre otros.

La cuantía de las ayudas será del 70 % del coste de la actividad sin superar en ningún momento la cantidad de 60.000 euros por asociación u organización, quedando condicionada la misma a la existencia de disponibilidades presupuestarias.

El plazo de presentación de solicitudes de ambas ayudas será de 20 días a partir del jueves, 10 de enero.

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