Esta nueva normativa ha sido convenida en la reunión celebrada en Madrid, el día 11 de mayo de 2011, con la asistencia de los legales representantes de la Agrupación de Exportadores de Almendra y Avellana de España (ALMENDRAVE) y la Asociación Nacional de Descascaradores de Almendra (DESCALMENDRA). Sustituyen a las aprobadas en el 2002.
El nuevo texto alcanza consenso después de numerosos encuentros entre las diferentes ramas del sector de los frutos secos, conscientes de la adecuación a las necesidades actuales del mercado.
Este acuerdo otorga al sector una importante referencia a la hora de comercializar el producto, ya que en ellas son considerados factores tales como la humedad, materias extrañas, trozos, gemelas, mezclas, etc., además de establecerse excesos y gastos de triaje y/o penalizaciones si son sobrepasados determinados límites.
Tendrán su aplicación del 1 de septiembre de 2011 al 31 de agosto de 2013.







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