La Comisión Europea ha adoptado el Reglamento nº 504/2008 para mejorar la identificación de los caballos, burros y otros équidos. Estos animales tendrán que contar con un pasaporte individual dentro de los 6 meses siguientes a su nacimiento. Al mismo tiempo que se emite el pasaporte, a los animales se les inyectará en el cuello un chip electrónico con una identificación que coincidirá con la del pasaporte.
El pasaporte acompañará al animal a lo largo de toda su vida. Una vez que se emite el pasaporte, éste se registra en una base datos con un número de identificación que se asignará al animal durante toda su vida, incluso aunque el animal cambie de nombre.
Estas nuevas normas entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2009.
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