Un panel de la Organización Mundial del Comercio (OMC) ha rechazado definitivamente la apelación de la Unión Europea y ha reafirmado su declaración condenando la denominada “moratoria de facto” que la UE mantuvo durante cinco años sobre la aprobación de nuevos eventos de plantas derivadas de la ingeniería genética. Este contencioso fue planteado contra la UE por Estados Unidos, Argentina y Canadá.
Para la OMC, la “moratoria de facto” de la UE ilegal, carente de toda base científica y en contra de los tratados comerciales, al denegar el libre comercio y la libre elección por parte de los consumidores.
El principal prejuicio directo para EEUU, que solicitará a la UE compensaciones por 1.800 millones de dólares, fue el desvío que se produjo en cuanto al origen de las importaciones de maíz en régimen preferencial, que tienen como destino principal España y Portugal. Las importaciones de maíz de EEUU no son deseadas por los operadores debido a que en ese país se cultivan algunas variedades de OMG que no están autorizadas en la UE. Por este motivo, desde hace años prácticamente todo el maíz preferencial que importa España y Portugal procede de Argentina, que no es que esté libre de transgénicos, ya que también en Argentina se cultivan, sino a que Argentina seguía la política de aprobar solamente los nuevos OMG a que autoriza la UE para su importación.
Aunque el litigio se refiere solamente a la moratoria de entonces, este caso puede ser un precedente para abrir nuevos contenciosos comerciales con otros asuntos relacionados con la política actual de la UE sobre los OMG alimentarios
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