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MAPA: Se amplia la zona restringida y se regula el movimiento de animales en áreas alrededor de los focos de Lengua Azul

Vacuno 5 Sep 2005 0

1 de septiembre de 2005. Responsables de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y de las Comunidades Autónomas, integrantes del Centro Nacional de Emergencia, se han reunido hoy en la sede del MAPA con el fin de estudiar la situación epidemiológica y entomológica de la Lengua Azul, tras la reaparición del virus en el territorio español a finales de Julio, y al declararse recientemente focos primarios al norte y este de Extremadura, que modifican la zona restringida establecida previamente mediante la Orden APA 990/2005, de 14 de abril.

En dicha reunión se ha aprobado el borrador de modificación de dicha Orden, por la que se establecen medidas específicas frente a la enfermedad, en los siguientes aspectos:

• Ampliación de la zona restringida a determinadas comarcas de las CCAA de Castilla la Mancha, Castilla y León y de Madrid.

• Regulación de movimientos de animales situados en el área de 20 Km alrededor de los focos, en especial para posibilitar el envío para sacrificio o lidia a zona restringida y a zona libre, cumpliendo en cada caso ciertos requisitos

Asimismo, y ante los problemas detectados y expuestos por los responsables de las CCAA en ciertos envíos de animales rumiantes procedentes de Portugal, se ha acordado estudiar el cierre cautelar de las fronteras para animales rumiantes procedentes de ese país, tras haber informado a la Comisión Europea y a la espera de solucionar los problemas y aclarar la situación epidemiológica en Portugal.

Para más información sobre esta enfermedad, está a disposición pública la página de Internet del Mº Agricultura, Pesca y Alimentación

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