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ASAJA Córdoba aplaude la actitud de la delegación provincial de medio ambiente al levantar la prohibición del uso de fuego en terrenos puramente agrícolas

Medio Ambiente 30 Ago 2005 0

Córdoba, 26 de Agosto de 2005. Asaja Córdoba muestra su satisfacción ante la coherencia de la Delegación Provincial de Medio Ambiente al permitir que los agricultores que se encuentran lejos de zonas de riesgo de incendio forestal puedan proceder a la quema de los restos de cosecha de cultivos como el girasol o el maíz.

Con esta medida de la Administración se da respuesta a las peticiones realizadas desde Asaja Córdoba y se atiende a muchos agricultores de la provincia que desde que entró en vigor la prohibición de realizar cualquier fuego en terrenos agrícolas, habían mostrado su preocupación por el manejo que debían dar a los restos de cosecha de los cultivos de primavera como el maíz o girasol.

Sin duda este medida era esperada como agua de mayo, ya que los agricultores necesitan con urgencia deshacerse de esos restos de cosecha para proceder a la preparación de las tierras para la siembra de los cereales de invierno.

Sin embargo hay que recordar que no se puede quemar cualquier resto de cosecha, ya que con la entrada en vigor de la Condicionalidad, la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía solo permite la quema de rastrojos de maíz, arroz, girasol, algodón y otros rastrojos de cultivos que no fueran leguminosas, proteaginosas o cereales.

Además es necesario presentar el correspondiente impreso de intención de quema de la Consejería de Medio Ambiente, el cuál ya se puede recoger en nuestra nueva sede del Polígono de la Torrecilla o en la propia Delegación con el correspondiente tríptico informativo de cómo realizar la quema.

Desde Asaja Córdoba nos alegramos de esta medida, ya que siempre hemos defendido que la normativa actual de la Consejería de Medioambiente de la Junta en cuanto a permisos de incendios en terrenos agrícolas es más que suficiente y evita en todo caso la posibilidad de incendios forestales, pues no permite el uso del fuego en la zonas con una mínima influencia forestal, pero si lo permite en terrenos puramente agrícolas.

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