El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado una nota informativa sobre la entrada en vigor del Cuaderno Digital Agrario en la que recoge, que de forma general, se puede considerar que la entrada en vigor de las obligaciones de realizar anotaciones en el cuaderno digital se retrasa hasta el 1 de enero de 2024 en las explotaciones grandes y hasta el 1 de enero de 2025 en las explotaciones pequeñas.
No obstante, la obligación se rellenar el Cuaderno Digital se mantiene en el 1 de septiembre de 2023 para las explotaciones grandes que en la PAC 2024 se acojan a un ecorregimen de:
- Rotación con cultivos mejorantes/Siembra directa en tierras de cultivo de regadío, donde habrá que anotar información relativa a aplicación de fertilizantes.
- Cubiertas vegetales e inertes en cultivos leñosos, respecto a las que habrá que anotar la información pertinente
A partir del 1 de enero de 2024, se deberá cumplimentar el resto de información establecida en la normativa (tratamientos fitosanitarios, resto de información exigida para las ayudas de la PAC y aplicación de fertilizantes, incluyendo fertirrigación).
Para las explotaciones pequeñas que se acojan los ecoregimenes anteriores, tendrán que rellenar el Cuaderno Digital a partir del 1 de septiembre de 2024 con la información correspondiente a la campaña 2025 (PAC 2025). A partir del 1 de enero de 2025 se deberá cumplimentar el resto de información establecida en la normativa (tratamientos fitosanitarios, resto de información exigida para las ayudas de la PAC y aplicación de fertilizantes, incluyendo fertirrigación).
¿Que considera explotaciones «grandes» y «pequeñas el Ministerio de Agricultura?
Serían explotaciones GRANDES, las tengan más de 30 ha de cultivo o de pastos permanentes o más de 10 ha de cultivos permanentes. También entrarían en esta categoría las que superen las 5 ha de regadío o las que dispongan de alguna parcela de invernadero.
El resto de explotaciones serían PEQUEÑAS.
Entonces, ¿cuándo entra en vigor el Cuaderno Digital?
Para resumir, hay cuatro fechas para la entrada en vigor del Cuaderno Digital:
- 1 de septiembre 2023: Explotaciones grandes con los ecorregimenes antes mencionados en PAC 2024.
- 1 de enero 2024: Todas las explotaciones grandes
- 1 de septiembre 2024: Explotaciones grandes con los ecorregimenes antes mencionados en PAC 2025.
- 1 de enero 2025: Todas las explotaciones pequeñas.
Aclaraciones respecto al Plan de abonado
La exigencia de disponer de un plan de abonado también va a depender de la tipología de la explotación y de las ayudas solicitadas.
En primer lugar, cabe recordar que, ya desde la campaña 2023, todos los beneficiarios de los ecorregímenes que incluyen entre sus requisitos de subvencionabilidad una gestión sostenible de insumos (Rotación con cultivos mejorantes/Siembra directa en Tierras de cultivo de regadío, así como Espacios de biodiversidad en cultivos bajo agua), tanto explotaciones grandes como pequeñas, deben contar con un plan de abonado.
En el resto de los casos, la obligación de disponer de un plan de abonado comienza el 1 de septiembre de 2024, salvo las explotaciones que no superen las 10 ha, siempre que sean de secano o que estén dedicadas únicamente a pastos o cultivos forrajeros para autoconsumo, que están exceptuadas de esta obligación.
Además de disponer del Plan de abonado, en determinados casos será necesario que se anoten en el cuaderno digital de explotación determinados campos recogidos en dichos planes de abonado:
- A partir del 1 de enero de 2024, en el caso de las explotaciones grandes que solicitan ecorregímenes que exigen la gestión sostenible de insumos.
- A partir del 1 de septiembre de 2024, en el resto de las explotaciones grandes que no solicitan los ecorregímenes que exigen la gestión sostenible de insumos.
- A partir del 1 de enero de 2025 en el caso de las explotaciones pequeñas en las que se exija disponer de un plan de abonado.
La nota informativa del Fega se puede consultar pinchando aquí.








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