El pasado sábado 26 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado una segunda modificación de los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos establecida por el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, según informa Unión de Uniones.
Esta línea de avales públicos, otorgados a empresas y autónomos por entidades financieras para atender a necesidades de liquidez o de inversión, tiene como fin paliar los efectos del incremento de los precios de la energía y de otras materias primas. El importe máximo de los avales será de 10.000 millones de euros, liberando un primer tramo de 5.000 millones de euros, que gestionará el Instituto de Crédito Oficial (ICO).
La última modificación, acordada en el Consejo de Ministros del 22 de noviembre, amplía un año el plazo de solicitud de los avales, hasta el 1 de diciembre de 2023. Además, en esta resolución, se divide el importe total del primer tramo de 5.000 millones de euros en dos subtramos:
- Hasta 3.500 millones de euros para préstamos concedidos a autónomos y pymes
- Hasta 1.500 millones de euros para préstamos a empresas que no reúnan la condición de pyme
Por último, el Consejo de Ministros ha ampliado el importe nominal avalado hasta los 2.000.000 euros. En empresas activas del sector agrario este límite de importe por beneficiario se amplía de los 35.000 euros de la primera resolución hasta 250.000 euros, en una o varias operaciones de préstamo para los avales sujetos al apartado 2.1 del Marco Temporal de Ucrania, que prevé ayudas de importe limitado.
Cuando el beneficiario supere los umbrales de ayudas limitadas del Marco Temporal de Ucrania y/o decida optar por solicitar el aval sujeto al apartado 2.2 del Marco Temporal, que prevé apoyos a la liquidez en forma de garantía pública, el límite del importe del aval será del 15% del volumen de negocios de los últimos tres ejercicios o el 50% de los costes de energía en los doce meses anteriores a la solicitud, aunque en ningún caso el importe total de los préstamos avalados por beneficiario podrá superar los 150 millones de euros.
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