En la futura PAC, que ya se inicia en 2023, para poder cobrar la ayuda, los beneficiarios de la PAC tienen que cumplir las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales de la tierra (BCAM), es decir, es lo que sería la nueva condicionalidad, que se ha dado en llamar, la condicionalidad reforzada. Hay 10 BCAM, que cubren diferentes aspectos.
Como consecuencia de la guerra en Ucrania y con el fin de aumentar la producción, la Comisión Europea ha decidido prorrogar e introducir nuevas flexibilizaciones para la PAC 2023 en la BCAM 7 (rotación y diversificación de cultivos) y BCAM 8 (superficie no productiva). Estas excepciones pueden ser o no aplicadas por los estados miembro, pero España ya ha anunciado que ha decidido aplicarlas y ha abierto una consulta pública al respecto, hasta el 8 de septiembre inclusive.
Rotación y diversificación de cultivos
En la futura PAC habrá que cumplir la BCAM 7 (Rotación en tierras de cultivo excepto en cultivos bajo agua), que establece que será obligatoria la rotación de cultivos (salvo cultivos plurianuales) a 3 años en parcelas de más de 10 ha. El cultivo principal será el que se encuentre en la parcela entre los meses de mayo a julio. Cuando exista un cultivo secundario en el mismo año que el cultivo principal, éste se considerará parte de la rotación.
Además, será obligatoria una diversificación de los cultivos. Si la tierra de cultivo de la explotación está:
- Entre 10 y 20 ha habrá, al menos, dos cultivos diferentes sin que el principal suponga más del 75% de dicha tierra de cultivo.
- Entre 20 y 30 ha, habrá, al menos, dos cultivos diferentes sin que el principal suponga más del 70% de dicha tierra de cultivo.
- Más de 30 ha, habrá, al menos, tres cultivos diferentes, sin que el principal suponga más del 70% de dicha tierra de cultivo y los dos cultivos mayoritarios juntos no más del 90%.
No habrá que cumplir la BCAM cuando más del 75% de las tierra de cultivo sea pasto, cultivo forrajero, leguminosas, barbecho o combinación de éstos o cuando sea producción ecológica o haya menos de 10 ha.
¿Cuál es la excepción?
Que en 2023 no habrá que cumplir la BCAM7, por lo que el agricultor no estará obligado a las normas de rotación ni de diversificación y podrá planificar sus cultivos de cara a maximizar la producción en función de las necesidades del mercado.
Porcentaje de superficie no productiva
En la futura PAC habrá que cumplir la BCAM 8, que entre otras cuestiones se refiere al porcentaje mínimo de la superficie agrícola dedicada a superficies y elementos no productivos. Establece como obligatorio, para las explotaciones de más de 10 ha, dedicar un porcentaje mínimo (entre un 3-4% según los casos), de las tierras de cultivo a superficie no productiva (barbechos, franjas de cauces, lindes forestales o elementos del paisaje).
¿Cuál es la excepción?
Que en 2023, en el caso de que el agricultor decida cubrir ese 4 % de su tierra de cultivo con superficie de barbecho, podrá excepcionalmente sembrar en la misma un cultivo destinado a la producción de alimentos, siempre que no se trate de maíz ni de soja, en base a lo establecido por el reglamento comunitario.
Por tanto, la excepción a la norma BCAM 8 solamente se aplicará sobre las tierras que el agricultor hubiese previsto dejar en barbecho y no sobre las franjas de cauces, lindes de forestales o elementos del paisaje.
Ecoesquemas y ayudas agroambientales
El reglamento comunitario establece que las condiciones de admisibilidad para poder optar al cobro de las ayudas relativas a los ecoesquemas y a las ayudas agroambientales de las intervenciones de desarrollo rural en 2023 no serán modificadas por la aplicación de las citadas excepciones, por lo que dichas condiciones serán las que se han establecido en el Plan estratégico de la PAC presentado por España.
La transposición de este reglamento comunitario a la legislación española se va a realizar a través de la modificación del proyecto de real decreto para la aplicación de la condicionalidad reforzada a partir de 2023, que en el pasado mes de julio salió a observación pública.
Para acceder a la consulta pública, pinche aquí
Las BCAM 7 y 8 ¿Son ecoesquemas?. No me ha quedado claro.
Gracias.
Las BCAM no son ecoesquemas, son las normas de la nueva condicionalidad que hay que cumplir para recibir el pago básico (que en la nueva PAC ya no se llamará asi, sino ayuda básica a la renta).
Para recibir la ayuda por los ecoesquemas habrá que cumplir condiciones adicionales
Hola.
En cultivos de maíz se deberá rotar obligatoriamente a los tres años?
Gracias
Este año no ,el que viene ya nos comentará luis
Hola, entonces si queda derogada la bcam 7, no habra que cumplir los porcentajes de diversificación? Entonces en una explotación de 20 ha de regadio mas 30 de secano, se podria dejar en barbecho todo el secano?
Bcam 8 no entiendo muy bien q es. Si por ejemplo tengo 12ha de secano dejar 3o4% de barbecho?
No entiendo nada !!!
Hablando de la DIVERSIFICACIÓN DE CULTIVOS:
Dice:
“ Cuál es la excepción?
Que en 2023 no habrá que cumplir la BCAM7, por lo que el agricultor no estará obligado a las normas de rotación ni de diversificación y podrá planificar sus cultivos de cara a maximizar la producción en función de las necesidades del mercado.”
Puesto en contacto con gente especializada, me dicen que “si pero no “…
Alguien se aclara y me puede confirmar si existe dicha excepción ??
Muchas gracias.
La BCAM 4 hay k hay k cumplirla ya en el año 2023
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: En una explotacion agricola (secano) en la cual hay 22 has de vid, y 8 de olivar tradicional, cuales serian las practicas mas ventajosas, para cobrar ayudas de la PAC, pues no dispongo de tierras de barbercho,.