La reforma laboral aprobada por el Gobierno a final de año (Real Decreto-ley 32/2021) va a tener importantes repercusiones en el sector agrario, especialmente en lo que se refiere a temporalidad. Cada año, unas 117.000 explotaciones agrícolas y ganaderas están generando del orden de 3 millones de contratos, de los cuales una parte importante se realizan con carácter eventual para la realización de tareas concretas sujetas a la estacionalidad intrínseca a la producción.
Con las nuevas normas aprobadas, los contratos temporales solo podrán realizarse en dos casos. El primer caso es por circunstancias de la producción, como consecuencia del incremento ocasional e imprevisible y de las oscilaciones que generan un desajuste temporal o como consecuencia de situaciones ocasionales e previsibles, pero con una duración reducida dentro de la contratación fija y limitada a un máximo 90 días anuales no consecutivos. En el contrato tendrá que identificarse debidamente las circunstancias acaecidas para que se justifique dicho tipo de contrato.
El segundo caso que permite los contratos temporales es por sustitución de la persona trabajadora.
Para trabajos de naturaleza estacional o actividades productivas de temporada, la reforma impone el contrato fijo discontinuo, regidos por convenios colectivos o acuerdos de empresa. El contrato fijo discontinuo se deberá formalizar necesariamente por escrito y deberá reflejar los elementos esenciales de la actividad laboral, entre otros, la duración del periodo de actividad, la jornada y su distribución horaria, si bien estos últimos podrán figurar con carácter estimado, sin perjuicio de su concreción en el momento del llamamiento.
Al inicio de cada año natural, la empresa trasmitirá por escrito al trabajador, un calendario con las previsiones de llamamiento anual, o, en su caso, semestral, así como los datos de las altas efectivas de las personas fijas discontinuas una vez se produzcan.
Las personas trabajadoras sujetas a este tipo de contratos serán colectivo preferente para las acciones formativas. Los convenios sectoriales podrán establecer bolsas de empleo para favorecer su contratación y para mejorar su formación durante los periodos de inactividad.
Las nuevas normas quieren penalizar la excesiva rotación en los contratos de muy corta duración, introduciendo un desincentivo mayor cuanto más cortos sean los contratos. Los contratos temporales inferiores a 30 días tendrán una cotización a la Seguridad Social adicional de 26 euros cuando se den de baja. No obstante, esta cotización no se aplicará a los regímenes especiales de trabajadores por cuenta ajena agrarios.
Reacciones
Según Unión de Uniones, la Ministra Yolanda Díaz vuelve a arrinconar al sector agrario en las grandes decisiones que afecta a su Ministerio, a pesar de la importancia de las cifras y de las especificidades de dicho sector. “La Ministra Yolanda Díaz sólo se acuerda de los agricultores y ganaderos para enviarnos cartas amenazantes y brearnos a inspecciones en plena faena de recolección”, critican desde Unión de Uniones, que recuerda que no ha habido ni una sola reunión para consultar la reforma con el sector.
UdeU recuerda que los empleadores tendrán, además, más difícil volver a contratar a trabajadores con los que han mantenido una buena relación, ya que se acortan las condiciones que obligarían a contratarlos con carácter indefinido. Igualmente se introduce la posibilidad de que los convenios colectivos establezcan más limitaciones al trabajo temporal.
“O no tienen ni idea -cosa difícil de pensar porque debe haber funcionarios y responsables que sepan cómo trabaja el campo- o esto ya raya directamente con el desprecio a nuestra actividad y a quienes la ejercemos”, consideran desde Unión de Uniones.
ASAJA Granada considera que el contrato fijo-discontinuo no se adapta a la realidad del campo y derivará en una pérdida de empleo, ya que la reforma no proporciona alternativas para dar cobertura a necesidades de tipo estacional como son las labores agrarias de recolección o las faenas agrícolas puntuales como talas, podas, riegos, limpieza de fincas. La organización señala que va a seguir trabajando para que se regule adecuadamente sobre la estacionalidad estructural del sector.
FICA-UGT ha advertido a las patronales agrarias que va a poner la máxima atención en vigilar la correcta aplicación del nuevo contrato temporal a los trabajadores del campo. Denuncia que los fraudes en la contratación y en la declaración de las jornadas reales trabajadas son moneda común, y que a día de hoy, en algunas provincias, las patronales siguen dificultando la aplicación del Salario Mínimo Interprofesional a sus trabajadores, a pesar de estar obligados por ley.
Esta banda de gandules que legislan tendrían que saber lo que es contratar según las normas que imponen, por qué no contrato ellos?, por inútiles, así nos va
Por que que no se actúa agregando y no restando? en lugar de desincentivar los contratos más cortos de 30 días con 26 € adicionales de cotización, porque no se incentivan los contratos más largos?
Otra cosa que hay que advertir a los trabajadores agrario es que con el contrato fijo discontinuo no cobrarian el subsidio agrario.
Buena puntualizando a ver que opinan
Los políticos no tienen ni idea de lo que es vivir con un jornal del campo,sino no aprobarían tantas leyes absurdas,como el campo y la ganadería no se mueva no se mueve nada,pero claro como compramos productos mucho más baratos y sin regulaciones ningunas de otros países,pues así nos va aquí.