El Departamento de Desarrollo Rural de Navarra va a dedicar 2 millones de euros para ayudas temporales excepcionales destinadas a agricultores y pymes especialmente afectados por la crisis del COVID-19.
La ayuda está destinada a:

- Explotaciones agrarias dedicadas a la producción de endrinas o uva, que estén catalogadas como Explotación Prioritaria, o cuyo titular esté catalogado como Agricultor a Título Principal (ATP).
- Explotaciones agrarias que comercialicen su producción mediante venta directa.
- PYMES registradas como productores artesanos de queso y otros lácteos.
La ayuda consiste en una subvención en forma de importe a tanto alzado. El importe de la ayuda se determinará:
a) En el caso de las explotaciones que comercialicen su producción mediante venta directa y circuitos cortos, a razón de 2.200 euros por cada uno de los agricultores, ya sean titulares o socios de la explotación, que estén en situación de alta en la seguridad social como autónomos por su actividad agraria a fecha 14 de marzo de 2020.
b) En el caso de explotaciones agrarias que cultiven viñedo, o endrino, la ayuda se determinará en función de la superficie de viñedo y endrino de la explotación:
– De 1 ha hasta 6 ha: 1.100 euros.
– De 6 ha hasta 22 ha: 2.200 euros.
– Más de 22 ha: 4.400 euros.
A los efectos de aplicar la tabla anterior, en el caso de las explotaciones asociativas, la superficie de viñedo y endrino de la explotación se dividirá entre el número de agricultores socios que cumplan la condición de Agricultor a Título Principal a 14 de marzo de 2020. La ayuda aplicable a la entidad asociativa será el resultado de la suma de los importes determinados para los socios ATP.
c) En el caso de las PYMES dedicadas a la artesanía alimentaria, la ayuda se determinará aplicando 2.200 euros a cada agricultor, titular, o socio de la entidad, que a fecha 14 de marzo de 2020 estuviera de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad social por su actividad en la empresa.
Se aplicarán los siguiente topes:
- El importe máximo de ayuda a los productores de viñedo y endrino no podrá exceder de 4.400 euros por agricultor a título principal. En el caso de explotaciones agrarias asociativas, el importe no podrá superar el correspondiente al número de agricultores ATP socios que generen derecho a ayuda, ni los 7.000 euros por PYME.
- El importe máximo de ayuda a las explotaciones que comercialicen en circuitos cortos o venta directa no podrá exceder de 2.200 euros por agricultor de alta como autónomo por su actividad agraria, ni los 50.000 euros por PYME.
- El importe máximo de ayuda a las empresas de artesanía agroalimentaria no podrá exceder de 2.200 euros por socio de alta como autónomo por su actividad en la empresa, ni los 50.000 euros por PYME.
Habida cuenta de la urgencia y del carácter excepcional de la medida, se abonará en un pago único, antes del 30 de junio de 2021, tiempo límite de aplicación de la medida
Las solicitudes se podrán presentar hasta el 11 de noviembre,
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