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Se ha dado un gran paso hacia una cadena alimentaria más justa

03/10/2018

La Comisión de Agricultura del Parlamento Europeo (COMAGRI) votó el lunes en Estrasburgo el Informe del ponente Paolo De Castro sobre prácticas comerciales desleales, que incluye ciertas modificaciones para mejorar la propuesta de la Comisión Europea del pasado 12 de abril.

Entre las modificaciones más significativas se incluye que una práctica es desleal la cometa quien la cometa y la sufra quien la sufra, independientemente del tamaño del operador. Un aspecto importante que desde Cooperativas Agro-alimentarias hemos trabajado de manera específica y que los europarlamentarios han incluido en la lista de prácticas comerciales desleales a perseguir por los Estados Miembros es el concepto de “ventas a pérdidas” necesario para que dicha regulación sea más efectiva.

Respecto a los contratos de suministro si bien no son obligatorios, los eurodiputados proponen que, si el proveedor lo pide, el comprador debe realizarlo por escrito con una serie de condiciones como duración y precio. La Directiva no se aplica en el caso de organizaciones de productores y cooperativas, si establecen en sus estatutos las condiciones de pago de los productos a sus miembros.

Asimismo, solicitan que se mejore la condición de anonimato y que las asociaciones de operadores puedan presentar quejas en nombre de sus miembros por incumplimiento de los contratos. Incluso aclaran las condiciones de aplicación en caso de que la sede social del operador este fuera de la UE, con el fin de que puedan escapar a la aplicación de la normativa.

El informe votado ayer define como práctica comercial desleal aquella que “se aparta manifiestamente de la buena conducta comercial, es contraria a los principios de buena fe y comercio justo y que es impuesta de manera unilateral por una de las partes; impone o intenta imponer una transferencia injustificada y desproporcionada del riesgo económico del comprador al proveedor; un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones al proveedor en la relación comercial antes, durante o después del contrato”.

Actualmente, existen en más de 20 países de la UE alguna forma de regulación sobre las prácticas comerciales desleales en la cadena alimentaria y, por tanto, una normativa europea es necesaria para proteger el mercado interior, si bien se propone que las normas nacionales de los países puedan ser más estrictas que esta Directiva, como el caso de la Ley 12/2013 de Cadena Alimentaria en España, respetando así su contenido.

Cooperativas Agro-alimentarias de España desde la vicepresidencia de Grupo de Trabajo de Cadena alimentaria del COPA-COGECA ha transmitido en todo momento la necesidad de una regulación europea al respecto. Asimismo, durante los últimos años ha trabajado estrechamente con el resto de las organizaciones agrarias españolas y europeas, por lo que considera un paso importante este voto en COMAGRI, cuyos principales puntos también fueron respaldados por los informes del resto de comisiones implicadas como Medio ambiente, Mercado interior y Desarrollo.

Esperamos que el Plenario del Parlamento Europea ratifique el informe del Paolo De Castro cuyo trabajo y el del resto de eurodiputados está siendo crucial para proteger al sector productor de las prácticas desleales en toda la UE. Una vez que el Plenario ratifique este informe empezará la negociación en el Trilogos, (Parlamento Europeo, Comisión Europea y Consejo) y esperamos que haya un acuerdo antes de finalizar el año.

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