La actual legislación sobre arrendamientos rústicos prevé que las partes podrán acordar en un contrato que la actualización de las rentas a pagar podrá ligarse a la evolución del índice de precios percibidos por el agricultor que calcula el Ministerio de Agricultura; aunque no necesariamente tiene que utilizarse este factor y arrendador y arrendatario pueden pactar cualquier otro sistema de actualización, según recuerda la Unión de Castilla-La Mancha.
Para aquellos contratos de arrendamiento que vinculan la renta a pagar anualmente con el índice de precios percibidos, el Ministerio de Agricultura publica cada año, la tabla correspondiente, tanto para el conjunto de producciones agrícolas y ganaderas, como separadamente por cultivo o aprovechamiento.
Para el año 2017, el índice general habría subido, con los datos del Ministerio en la mano, un 7,97 %, diferenciando en un 7,31 % para los productos agrícolas y un 8,9 % para los productos animales. Además, se da publicidad también a cómo han evolucionado los índices de precios producto por producto.
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