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Los fruticultores acogidos al método de estimación objetiva tendrán un perjuicio fiscal de 2.500 € anuales según JARC

04/12/2017

El jueves pasado se publicó la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública 1159/2017, por la que se desarrolla para el año 2018 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Al respecto, la sectorial de fruta dulce de JARC denuncia un perjuicio fiscal para los productores de fruta acogidos a este sistema de tributación superior a 25.000 € durante los últimos diez años.

La organización agraria ha presentado alegaciones al Ministerio de Hacienda durante todo este tiempo, incluyendo el año 2014 un estudio de las rentas de explotaciones medias de diferentes variedades de fruta dulce, que muestra claramente que hay que aplicar una rebaja estructural del módulo del IRPF actual, pasando de 0,37 a 0,11.

JARC ha ofrecido información suficiente a Hacienda para demostrar que el valor que actualmente se aplica no corresponde a la realidad de las explotaciones frutícolas catalanas, al considerar que un productor obtiene una renta de 37 €, antes de amortizaciones, por cada 100 € de ingresos.

La organización agraria continuará denunciando esta situación, dirigiéndose ahora a los grupos políticos con representación estatal, ya que se está haciendo pagar a los productores por unos beneficios que no han obtenido.

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