El
Consejo de Ministros aprobó el viernes un Real Decreto-Ley por el que se adoptan
medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en las cuencas
hidrográficas afectadas y se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, a
propuesta de los Ministerios de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente (MAPAMA); de Energía, Turismo y Agenda Digital (MINETAD); de Hacienda y
Función Pública (MINHAFP); y de Empleo y Seguridad Social.
Así,
se establecen medidas de apoyo a los titulares de las explotaciones agrarias
situadas en los ámbitos territoriales afectados por la sequía, es decir, las
demarcaciones hidrográficas del Duero, del Segura y del Júcar y Demarcación
Hidrográfica del Segura, en el presente año. La cuenca del Segura se encuentra
en situación de emergencia y las del Duero y el Júcar, de alerta.
EXENCIONES EN EL CANON DE REGULACIÓN Y EN LA CUOTA DE TARIFA
Por
ello, y conforme a lo previsto en los Planes de Sequía, se conceden exenciones
al pago del canon de regulación y en la cuota de la tarifa de utilización del
agua. También en el pago de la tarifa de conducción de las aguas incluida en la
Ley de regulación del régimen económico de la explotación del acueducto
Tajo-Segura y en la cuota de este año de la tarifa de conducción de las aguas
por la infraestructura del postrasvase.
Se
beneficiarán los titulares de las explotaciones agrarias de las cuencas del
Duero, del Júcar y del Segura que, en este año (y sin efecto retroactivo), hayan
tenido una dotación de agua inferior o igual al 50% de la normal –tal y como
hizo el Gobierno en el periodo 2005-2009– o que hayan sufrido pérdidas de
producción bruta en los cultivos de al menos un 20% de la producción en normal
en zonas desfavorecidas y de un 30% en las demás zonas.
Estas
exenciones de cánones y tarifas supondrán un ahorro a los regantes de casi 54
millones de euros. De éstos, 37,2 millones de euros se ahorrarán los titulares
de derechos al uso de agua para riego de la cuenca del Segura (más de 35
millones correspondientes a los regantes del trasvase), 8,5 millones de euros
los titulares de la cuenca del Júcar, y 8 millones de euros los regantes de la
cuenca del Duero.
MÁS BENEFICIARIOS DE LAS EXENCIONES
También se beneficiará de estas exenciones la Mancomunidad de los Canales del
Taibilla y los abastecimientos de la provincia de Almería en la parte que se
suministran mediante el Acueducto Tajo-Segura debido al uso de recursos de agua
no habituales (pozos de sequía, contratos de cesión temporal de derechos,
incremento de recursos no convencionales…), necesarios para garantizar el
abastecimiento de sus poblaciones, afectadas por la sequía en la cuenca del
Segura.
MORATORIAS DE PAGOS EN TODA ESPAÑA
Por
otro lado, las empresas y los trabajadores por cuenta propia titulares de
explotaciones agrarias en toda España afectadas por la sequía, tanto hidrológica
como meteorológica, podrán obtener una moratoria de un año sin interés en el
pago de las cotizaciones a la Seguridad Social correspondiente a los meses de
julio de 2017 a febrero de 2018 (ambos inclusive), así como en el pago de las
cuotas por las jornadas reales correspondientes a ese mismo periodo.
Además, el Real Decreto-Ley prevé que se puedan actualizar los contratos de
cesión de derechos de agua entre concesionarios de las cuencas del Segura, del
Duero y del Júcar, con carácter excepcional y temporalmente limitado, y en el
ámbito de cada una de las cuencas.
Así,
los concesionarios de la cuenca del Segura podrán autorizar contratos de cesión
de derechos al uso privativo de las aguas, entre ellos mismos, hasta el 30 de
septiembre de 2018. Con el mismo carácter y vigencia temporal podrán autorizarse
estos contratos de cesión de derechos entre concesionarios de la cuenca del
Duero, mientras que los concesionarios del Júcar tendrán como vigencia temporal
el 30 de septiembre de este año.
MEJORA DEL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO
Por
último, el Real Decreto-Ley actualiza el tipo de gravamen correspondiente al
canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía
eléctrica, previsto en la Ley de Aguas, en todas las demarcaciones competencia
del Estado (intercomunitarias), para dotar a los órganos competentes y a los
organismos de cuenca de los necesarios recursos para la protección
medioambiental y la mejora del dominio público hidráulico, en aplicación del
principio de recuperación de costes de los servicios de gestión del agua y en
virtud del texto refundido de la Ley de Aguas
Esta
medida consiste en modificar el tipo impositivo del canon por utilización de las
aguas continentales para la producción de energía eléctrica del previsto en el
artículo 112 bis del texto refundido de la Ley de Aguas de manera que se pasa
del 22% actual al 25,5%, y correlativamente ajustar los porcentajes de reducción
de las centrales hidroeléctricas de potencia igual o inferior a 50 MW, habida
cuenta de su impacto ambiental.
MEDIDAS ADOPTADAS HASTA EL MOMENTO
Con
la aprobación de este Real Decreto-Ley, el Gobierno de España continúa dando
respuesta a las situaciones de sequía con numerosas medidas que han permitido
minimizar sus impactos ambientales, sociales y económicos. Así lo lleva haciendo
desde que, en mayo de 2015, se declarara la sequía en las cuencas del Segura y
del Júcar.
Así,
en estas dos cuencas se han movilizado más de 250 hm³ de agua adicionales, a
través de la incorporación de agua desalada, la extracción de agua de pozos de
sequía, los intercambios de derechos de agua y el aprovechamiento de los
volúmenes de agua remanentes por avenidas de años anteriores.
También se han impulsado, a lo largo de la pasada legislatura, inversiones en
materia de agua por un valor total de 300 millones de euros, entre las que se
incluyen 13 obras de emergencia ejecutadas en la cuenca del Segura por importe
de 35 millones de euros y otras 10 en la del Júcar por valor de 20 millones de
euros, gracias a los Reales Decretos de sequía aprobados.
A
ello se suma la ayuda de 9 millones de euros a la producción de agua desalada en
las desaladoras de Torrevieja y de Valdelentisco; la puesta en servicio de la
desaladora de Torrevieja y el incremento de la producción en las de Águilas y
Valdelentisco, que han pasado de operar al 15% de su capacidad a alcanzar el
100%. Se ha autorizado el aprovechamiento temporal de recursos hídricos
procedentes de la desaladora de Torrevieja (21 hm3) a los usuarios del trasvase.
Mientras, en el caso de la cuenca hidrográfica del Duero, se ha puesto en marcha
un Real Decreto de declaración de sequía y de medidas excepcionales para la
gestión de los escasos recursos hídricos.
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