Recientemente se ha publicado el Real Decreto 153/2013 que obliga a que los fabricantes de leche líquida a realizar declaraciones obligatorias ante el FEGA, en los primeros veinte días del mes, sobre la leche envasada comercializada en el mes inmediatamente anterior, mediante los procedimientos informáticos establecidos al efecto. El FEGA incorporará la información contenida en las declaraciones a que se refiere el real decreto, a través de la aplicación informática INFOLAC.
A tal fin, el FEGA ha elaborado un Manual de usuario que indica el procedimiento para solicitar el alta en el control de accesos del FEGA y poder realizar las declaraciones mensuales de ventas de leche líquida envasada de vaca.
El manual se puede consultar en el siguiente vínculo:
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