La Comisión Europea, siguiendo las directrices comunitarias de ir estableciendo progresivamente límites máximos de residuos (LMR) para todas las sustancias farmacológicas que se usan en animales de producción, acaba de establecer LMR para varios medicamentos (Reglamento 1646/2004). Todos ellos se han incluido en el anexo I del reglamento 2377/90, por tratarse de sustancias que precisan contar con un LMR.
Se trata de las sustancias albendazol, febantel, fenbendazol, oxfendazol, para todos los rumiantes y tiabendazol para caprinos. Todos ellos son agentes antiparasitarios, activos frente a endoparásitos, del grupo de los benzimidazoles y probenzimidazoles. También, se ha asignado un LMR a la oxiclozanida utilizada en todos los rumiantes, que está incluido en el apartado de los derivados fenólicos dentro del grupo de los agentes endoparasitarios.
Asimismo, se ha establecido LMR para el amitraz para el caprino y para la cipermetrina y la deltametrina, ambos usados para todos los rumiantes. El primero es una formamidina y los dos últimos son piretroides, todos ellos antiparasitarios activos frente a ectoparásitos.
Por último, también se ha fijado LMR para la dexametasona para caprinos, que es un corticoide del grupo de los glucocorticoides.
Para el establecimiento de los LMR, el Comité de medicamentos veterinarios ha examinado toda la información sobre la inocuidad de los residuos de dichas sustancias para el consumidor y ha dado un dictamen favorable.
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