La Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (ANPBA) ha remitido un escrito al Dr. Nihat Pakdil, director general de Protección y Control del Ministerio de Agricultura y Asuntos Rurales en Ankara (Turquia), y al Embajador de Turquía en Madrid (España), con una queja formal por el trato que están recibiendo los animales en el sacrificio masivo de aves a causa del brote de «influenza aviar» en dicho país.
Esta misma queja formal que ANPBA ha presentado en España, ha sido llevada a cabo en sus respectivos países por el resto de organizaciones que integran la «Coalición Europea para la Protección de los Animales de Explotación» (ECFA, por sus siglas en inglés, «European Coalition for Farm Animals»), siendo la organización británica «Compassion In World Farming» (CIWF) la que coordina todo este lobby de presión internacional para que Turquía cumpla con las normas internacionales de protección animal en el sacrificio de aves por un caso de emergencia como es la «influenza aviar», incorrectamente denominada «gripe del pollo».
El presidente de ANPBA, Alfonso Chillerón, ha dicho: «Los medios de comunicación han mostrado al mundo cómo aves vivas y plenamente conscientes, son metidas en bolsas junto con animales muertos, mientras graznan y cacarean de puro miedo y estrés. Además, las aves nunca pueden ser quemadas o enterradas vivas. Las normas internacionales sobre sacrificio de animales en caso de emergencia sanitaria, establecidos por la Organización Mundial de Sanidad Animal, de la que Turquía es miembro, son muy claras y exigen que los animales sean tratados con cuidado y respeto, matados instantáneamente o aturdidos previamente y sacrificados de inmediato antes de que despierten. Hemos instado al Gobierno turco a cumplir con las directrices a las que está obligado, destinando suficientes recursos y personal cualificado. En la sede de ANPBA se reciben quejas a diario».
Normativa internacional sobre sacrificio de animales
en caso de emergencia sanitaria.-
La Oficina Internacional de Epizootias (OIE), hoy más conocida «Organización Mundial de Sanidad Animal», es una organización intergubernamental entre cuyos países miembros se encuentran España y Turquía.
El ANEXO 3.7.6, de su «Código Sanitario para los Animales Terrestres (2005)», titulado «Directrices para el sacrificio incruento de animales en caso de emergencia sanitaria», establece que se ha de tener plenamente en cuenta «el bienestar de los animales» y se dictan unas normas muy precisas sobre la manera de sujetar, transportar, aturdir y sacrificar a las diversas especies animales, desde la vaca, pasando por el cerdo, la oveja o la cabra, hasta llegar a los pavos, pollos y gallinas, patos, gansos, codornices, etc., con dibujos ilustrativos, describiendo asímismo los procedimientos que deben ser desechados de inmediato porque suponen sufrimiento, dolor y estrés para los animales.
Principios Generales.-
«Cuando se sacrifiquen animales con fines sanitarios, los métodos utilizados deberán producir la muerte inmediata o la pérdida inmediata de conocimiento de los animales hasta su muerte; cuando la pérdida de conocimiento no sea inmediata, la inducción de la pérdida de conocimiento no deberá causar reacción de aversión ni ansiedad, dolor, angustia o sufrimiento a los animales» (Principio General nº 6).
«Se controlarán permanentemente las operaciones de sacrificio para asegurarse de su eficacia con respecto al bienestar animal» (Principio General nº 8).
Responsabilidades de los Operarios
Equipo de Especialistas.- Entre las responsabilidades y competencias del Jefe del Equipo de especialistas se encuentran: «determinar y cumplir los requisitos de bienestar animal» (1.a.ii); «organizar, informar y dirigir el equipo de modo que permita el sacrificio de los animales pertinentes en los establecimientos de forma incruenta y de conformidad con la reglamentación nacional y las presentes directrices» (1.a.iii) y «controlar las operaciones para asegurarse de que se cumplen los requisitos de bienestar animal» (1.a.v).
Veterinario.- Entre las responsabilidades del Veterinario se encuentran «determinar y emplear el método de sacrificio más apropiado para evitar a los animales dolor y angustia innecesarios» (2.a.i) y «controlar permanentemente los procedimientos relativos al bienestar animal» (2.a.iv)
Matarifes.- Entre las responsabilidades de los Matarifes se encuentra la de «garantizar el sacrificio incruento de los animales mediante métodos eficaces de aturdimiento y sacrificio».
Normativa de la UE.-
Si bien Turquía aún no forma parte de la UE, el Consejo de la Unión Europea acaba de promulgar una Directiva que consideramos supone, además de una norma de obligado cumplimiento para los Estados miembro, un toque de atención a Turquía. Se trata de la «Directiva 2005/94/CE, de 20 de diciembre de 2005, relativa a medidas comunitarias de lucha contra la influenza aviar», por la que se deroga la Directiva 92/40/CEE. Esta nueva directiva, en su «Considerando» nº 19 expone: «La Directiva 93/119/CE, del Consejo, de protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza, establece las normas míninas de protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza, incluso a efectos de lucha contra las enfermedades. Dichas normas son de plena aplicación al sacrificio o matanza de animales en virtud de la presente Directiva». (Diario Oficial de la Unión Europea, de 14.01.2006).
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