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El FEGA modifica su estructura para adaptarse al funcionamiento de los dos nuevos fondos agrícolas europeos FEAGA y FEADER

11/12/2006

7 de diciembre de 2006. El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se modifica el Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), adaptándolo a su nuevo papel de coordinador de los organismos pagadores de las comunidades autónomas para los dos nuevos fondos agrícolas europeos, el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), destinado a financiar los pagos directos a los agricultores, las intervenciones destinadas a regular los mercados y las restituciones a la exportación y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), destinado a financiar las medidas de desarrollo rural.

En su papel de organismo de coordinación, el FEGA será el responsable de que los organismos pagadores apliquen procedimientos comunes en la gestión de las ayudas pagadas con cargo dichos fondos, y del intercambio de información entre la Comisión Europea y los organismos pagadores.

El nuevo Estatuto adapta la estructura orgánica del FEGA a sus nuevas funciones de coordinación de las ayudas de los dos nuevos fondos y, en particular, de los procedimientos de aplicación de los pagos directos, en los que se incluye el régimen de pago único, creando una Subdirección General que se encargará, de forma específica, de la coordinación de los procedimientos de aplicación de los pagos directos con los organismos pagadores de las comunidades autónomas.

Por su parte, la Subdirección General de Sectores Especiales se encargará de la coordinación con los organismos pagadores de la aplicación del resto de ayudas distintas a las ayudas directas, así como del régimen de la tasa láctea. La coordinación financiera de las ayudas correspondientes al FEAGA y al FEADER será responsabilidad de la Subdirección General de Fondos Agrícolas, que se ocupará además del sistema de prefinanciación de las ayudas y del seguimiento de los procedimientos de liquidación de cuentas.

De la misma forma, se delimita de forma más clara la estructura del FEGA en su calidad de organismo pagador de las ayudas del FEAGA y del FEADER, que son competencia de la Administración General del Estado. Así, las subdirecciones generales de Auditoria Interna, Regulación de Mercados y Económico – Financiera, constituirán dentro del FEGA, la estructura orgánica del organismo pagador de dichas ayudas.

Por su parte la Secretaría General asume como novedad, la elaboración y ejecución del plan de sistemas de información del FEGA, en el que se apoya la actividad del organismo de coordinación y del organismo pagador, al tiempo que proporciona los servicios de personal, jurídicos e informáticos del organismo de coordinación y del organismo pagador.

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