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La Comisión Europea y Australia rubrican un nuevo acuerdo sobre vino

07/06/2007

En una ceremonia celebrada en Canberra, la Comisión Europea y los negociadores australianos han rubricado un nuevo acuerdo bilateral sobre el comercio de vino. Se trata del resultado de largas y detalladas negociaciones dirigidas a sustituir el acuerdo vigente, que data de 1994. El nuevo acuerdo, cuya firma requiere la aprobación previa del Consejo de Ministros y de las autoridades australianas, salvaguarda el régimen de etiquetado del vino de la UE, dispensa una plena protección a las indicaciones geográficas de la UE (incluidas las correspondientes a los vinos destinados a su exportación) y plasma el inequívoco compromiso australiano de proteger las denominaciones tradicionales de la UE. Además, establece la supresión gradual, por parte de Australia, del uso de una serie de denominaciones típicas de la UE como «Champagne» y «Porto», a lo largo de un periodo de un año desde la entrada en vigor del Acuerdo.

«Estoy sumamente satisfecha de que hayamos podido concluir nuestras negociaciones con un socio comercial tan importante y recomiendo encarecidamente la aplicación de este acuerdo a los Estados miembros», afirmó Mariann Fischer Boel, Comisaria de Agricultura y Desarrollo Rural. «Este acuerdo protege los intereses de la UE al establecer una serie de principios para la protección de las indicciones geográficas y las denominaciones tradicionales y al proteger nuestro régimen de etiquetado del vino.»

El acuerdo que se acaba de rubricar introduce numerosas mejoras en relación con el de 1994 y cubre los principales intereses de la UE, como la mejora de las prácticas enológicas y el establecimiento de calendarios precisos y de procedimientos de oposición y de arbitraje. El nuevo acuerdo incluye asimismo criterios más claros para la evaluación de las nuevas prácticas enológicas, incluidos los requisitos sanitarios y fitosanitarios.

Además, dispensa una protección total a las indicaciones geográficas de la UE, incluidas las de los vinos destinados a la exportación. Contempla además la eliminación gradual, por parte de Australia, del uso de una serie de importantes denominaciones europeas, como «Champagne» y «Porto», en un plazo de un año desde la entrada en vigor del Acuerdo. Salvaguarda asimismo el régimen de etiquetado de la UE al incluir una lista de datos facultativos que pueden ser utilizados por los vinos australianos (por ejemplo, la indicación de las variedades de vid, las indicaciones relativas a galardones, medallas o concursos, las indicaciones referentes a algún color específico, etc.), regular la indicación de las variedades de vides en las etiquetas y eliminar el uso, también en el plazo de un año desde la entrada en vigor del acuerdo, de algunas de esas variedades (Hermitage, Lambrusco).

El Acuerdo establece asimismo la protección en Australia de las expresiones tradicionales de la UE: Australia podrá utilizar algunas de las expresiones tradicionales que corresponden en ese país a términos de calidad del vino con arreglo a lo definido en el Acuerdo. Por lo que respecta a la certificación, la Comisión ha convenido en autorizar ciertas disposiciones de certificación simplificadas conforme a lo establecido en la legislación comunitaria.

En 2006, las exportaciones de vino de la UE a Australia representaron 62 millones de euros, y las importaciones de vino de Australia 868 millones de euros.

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