La Comisión Europea ha adoptado una propuesta para revisar la actual normativa referida a nuevos alimentos (Novel Foods), que tiene como fin facilitar el acceso al mercado de la UE de las innovaciones alimentarias a la vez que se garantiza la protección de los consumidores.
Con esta propuesta, los nuevos alimentos estarán sujetos a un procedimiento más simple de autorización, especialmente en el caso de productos que aunque sean nuevos en la UE tengan antecedentes de un consumo seguro en terceros países.
Los “Novel Foods” se definen como aquellos alimentos que no se consumían en la UE de forma significativa antes de mayo de 1997 cuando entró en vigor la actual normativa, e incluyen todos los productos obtenidos mediante nuevas técnicas o tecnologías, así como los tradicionales en otros países extracomunitarios que no se consumían en la UE.
En el nuevo esquema, se prevé un procedimiento centralizado. El procedimiento comenzará mediante la solicitud de autorización en un Estado Miembro, que lo remitirá al resto de estados para su comentario, así como a la Comisión Europea. La Agencia Europea de Seguridad de los Alimentos (AESA) emitirá un informe científico, y si éste es favorable se presentará una propuesta al Comité Permanente de la Cadena Alimentaria. Las autorizaciones de comercialización iniciales de los nuevos productos serán por 5 años, pasados los cuales dejará de ser un producto novedoso y podrá ser comercializado por otros operadores.
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