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Abierto el plazo de cesiones temporales de cuota y el cálculo de retirada de cuota

22/06/2009

Desde hoy y hasta el 28 de febrero de 2010, ambas fechas inclusive, estará abierto el período de solicitud de cesiones temporales para la campaña 2009/10, de acuerdo con el Real Decreto 1012/2009, que acaba de publicarse. Las solicitudes se dirigirán al órgano competente de la comunidad autónoma en donde radique la explotación del cedente.

Además, el RD 1012/2009 elimina el límite de dos períodos consecutivos para realizar cesiones temporales y se reduce el plazo, de cinco períodos a tres, durante el cual los beneficiarios de asignación de cuota procedente de la reserva nacional están impedidos para realizar cesiones temporales. De esta forma, se amplían las posibilidades para que los productores que no vayan a utilizar su cuota la cedan a los que desean aumentar su dimensión.

Otra de las novedades del RD es que incluye la modificación del Chequeo Médico relativa a la retirada de cuota. En consecuencia, de cara a la campaña 2010/2011 a los productores que no hubieran utilizado la totalidad de su cuota en los dos períodos anteriores a ese, se aplicaría el porcentaje de utilización del 70% para el período 2008/2009 y del 85% para el período 2009/2010.

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