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Cooperativas Agro-alimentarias Extremadura aconseja una buena gestión de la lana como subproducto ganadero

12/04/2010

Cooperativas Agro-alimentarias Extremadura recuerda a los ganaderos de ovino, ante el inminente inicio de la campaña de comercialización de la lana, la necesidad de cumplimiento de la reglamentación comunitaria relacionada con la gestión de los subproductos animales no destinados a consumo humano, entre los que se encuentra la lana.

Los vehículos donde se transporte la lana deben reunir una serie de requisitos y permisos, así como poseer el volante de desinfección e ir cubiertos con una lona, además de ir acompañados de un documento comercial, similar a las Guías de origen y sanidad necesarias para el movimiento de animales, cuyo documento se lo debe firmar al ganadero como justificante de recepción de la lana en la planta autorizada, ya que es obligatorio entregar la lana en alguna de estas plantas.

En Extremadura existen dos plantas autorizadas para tratar la lana: Comercial Ovinos S.C.L. situada en Villanueva de la Serena y Digaisa S.A. localizada en Castuera. En cualquier caso, las plantas autorizadas en otras Comunidades Autónomas, se pueden consultar en la página web del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

Debido a los exigentes requisitos que son necesarios para el transporte de este subproducto y al poco tiempo existente para adaptación a ellos, desde Cooperativas Agro-alimentarias se solicitó una prórroga en la aplicación de estos requisitos, que se ha concedido hasta el 30 de junio 2010.

De tal forma, hasta esa fecha los requisitos a cumplir de cualquier transporte de lana son: que el medio de transporte haya sido limpiado y desinfectado; que el subproducto vaya cubierto con una lona para evitar su pérdida; y disponer del documento comercial que acredite su trazabilidad, dejando pendiente la autorización de los vehículos de transporte para un futuro inmediato.

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