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Condenados a penas prisión por la explotación ilegal de variedades vegetales protegidas de cebada y trigo.

02/02/2011

Las ilustrísimas Audiencias Provinciales de Burgos y Cuenca, en sendas resoluciones de fecha 4 de enero de 2011 y 19 de enero de 2011, han venido a confirmar en su integridad las Sentencias del Juzgado de lo Penal núm. 2 y Penal núm. 1 de dichas capitales, por las que se condenaba al gerente de una explotación agrícola y ganadera de la provincia de Burgos y a un almacenista de cereales de Cuenca, como autores responsables de un delito contra la propiedad industrial tipificado en el artículo 274.3 del Código Penal. Todo ello por la reproducción, producción y comercialización no autorizada de material de reproducción de diferentes variedades vegetales protegidas bajo la normativa comunitaria o nacional de protección de las obtenciones vegetales, y entre las que se encuentran, las variedades de cebada “MONTAGE”, “HISPANIC” “GRAPHIC”, “PRESTIGE” y “GOMERA” y de trigo blando “ALTRIA”, “KUMBERRI” “CRAKLIN” y “CHARGER”.

Las citadas Sentencias, que ha devenido firmes, por lo que no cabe recurso alguno contra ellas, condenan a los autores de tales ilícitos actos a una pena de prisión de un año, con la pena accesoria de inhabilitación especial del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa, una indemnización total ascendiente a 39.597 € por los daños y perjuicios sufridos a los titulares de los derechos sobre las citadas variedades vegetales así como el pago de las costas procesales y decomiso del ilícito material vegetal que fue objeto de intervención e inmovilización. Dichos procedimientos judiciales se iniciaron a raíz de la denuncia presentada por la entidad GESTION DE LICENCIAS VEGETALES, A.I.E (GESLIVE) en representación de diferentes obtentores, así como por la entidad S.A MARISA, ante el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de las Comandancias de la Guardia Civil de Burgos y Cuenca.

Tales resoluciones vienen a consolidar la doctrina jurisprudencial de otras audiencias provinciales, y que en aplicación del artículo 274. 3 del Código Penal, castiga la explotación no autorizada de material de reproducción de variedades vegetales con penas de prisión de hasta dos años. Este fraude masivo tiene graves consecuencias no sólo para los obtentores de nuevas variedades vegetales, a los que se están causando pérdidas multimillonarias cada año, sino también para todo el conjunto del sector, pues constituye una grave competencia desleal para la totalidad de los productores autorizados así como a los agricultores adquirentes de esas partidas de semilla, que han sido producidas clandestinamente al margen del sistema oficial de control y certificación por lo que no existe garantía alguna de que la semilla vendida pertenezca verdaderamente a las variedades que se indican, de su pureza varietal o de sus condiciones fito-sanitarias.

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