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El MARM está elaborando una guía para el etiquetado facultativo de la leche de oveja y cabra.

Ovino y caprino 17 Feb 2011 0

El Ministerio de Medio Rural (MARM) está trabajando en una guía con las condiciones marco que permitan el etiquetado facultativo de leche y productos lácteos de oveja y cabra por parte de las agrupaciones de productores. El MARM espera que se pueda aprobar este año, con el fin de que se puede usar como sistema de calidad subvencionable bajo el artículo 68, en relación con los pagos adicionales por calidad.

Las agrupaciones que solicitaran este etiquetado facultativo tendrían que realizar el tratamiento, transformación, envasado y comercialización en los establecimientos de la propia agrupación. El etiquetado tendría que proporcionar información adicional no incluida en las normas del etiquetado mínimo obligatorio. Tendría que contar con un pliego de condiciones facultativo, oficialmente aprobado y una certificación por un organismo independiente.

La guía no sería de aplicación para las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP), Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP), especialidades tradicionales garantizadas (ETG), producción ecológica, y etiquetado de Letra Q.

La información mínima que debería llevar la etiqueta sería:

– Mención de “Elaborado en granja” seguida del número de Registro Sanitario cuando la leche o el producto lácteo se elabore en instalaciones pertenecientes a la agrupación o a explotaciones pertenecientes a la agrupación.

– El código de trazabilidad que relacione el producto con las explotaciones en las que se ha realizado el ordeño.

– El logo o marca.

– La denominación de venta, seguido de la identificación de la especie, no permitiendose la mezcla de leche de varias especies.

– Identificación de organismo independiente de control.

Como información adicional se podría incluir la raza y la mención de “elaboración tradicional”, si el método usado tiene más de 50 años de antigüedad.

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