En junio de 2010, el Departamento de Agricultura de EEUU (USDA), a través de su organismo de ganado, industrias e inspección de granos (GIPSA) elaboró y presentó una norma, cuya finalidad es promover unas transacciones más transparentes entere productores y mataderos y entre integrados e integradores, de forma que el mercado funcione de una forma más transparente y eficiente. Un año después, la norma dio un paso atrás, porque el Comité de Apropiaciones de la Cámara de Representantes no la apoyaba.
La norma GIPSA, como popularmente se la conoce, desde el principio no ha contado con el beneplácito de los grandes rancheros de vacuno, los grandes productores de porcino y de pavos (National Cattlemen’s Beef Assn., National Pork Producers Council y National Turkey Federation), que consideran que la norma es simplemente una intrusión del gobierno en el mercado privado y que va en contra de los acuerdos comerciales entre las partes. Por el contrario, los ganaderos de menor tamaño si defienden la norma GIPSA, ya que creen que limitará el poder de los integradores y favorecerá unos precios más competitivos.
El USDA ha querido dar un nuevo empujón a la norma GIPSA, para lo que han presentado una nueva modificación, que se está tramitando en la Oficina de Gestión y Presupuesto. Todavía no se conocer el texto exacto de esta nueva propuesta, aunque según lo que se ha filtrado, con el fin de que la norma pueda salir adelante, se ha descafeinado, es decir, se le habrían eliminado las cuestiones que más conflicto habían generado un año antes en la anterior propuesta. Dichas cuestiones serían:
– La prohibición de que los mataderos e industrias pudieran comprar animales vivos a otros mataderos e industrias.
– La prohibición de poder pagar primas de precio en base a preferencias indebidas (como por ejemplo, en la integración de aves y cerdos, ofertar un precio más alto a un único productor que ofrece un cierto volumen, mientras que se paga un precio más bajo a un grupo de productores que pueden ofertar en conjunto, el mismo volumen que el productor único).
– La obligación de establecer un precio base en la producción integrada de aves, de manera que los avicultores que crían el mismo tipo de aves reciban el mismo precio base, no pudiéndose pagar por debajo de este precio base.
Al parecer, la norma propuesta regularía la obligación de un contrato escrito entre integrador e integrado, y algunos aspectos que debería recoger el texto del contrato, como las condiciones para la entrega de las animales, de ruptura del contrato y de arbitraje
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