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Andalucía aprueba el decreto que regula las condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales

14/03/2012

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalcuía ha aprobado el decreto que establece las condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales. La norma dota de una regulación de carácter autonómico a esta materia clave para el sector ganadero, que hasta ahora se regía por la legislación básica estatal en los ámbitos de prevención y erradicación de enfermedades; programas sanitarios; bienestar animal y núcleos zoológicos. Junto con ello, también actualiza la normativa andaluza relativa a movimiento pecuario, Agrupaciones de Defensa Sanitaria (ADGS) y establecimientos de cría y usuarios de animales de experimentación.

Entre las novedades del decreto destaca la creación del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Animales en explotaciones ganaderas y de compañía de Andalucía, que a su vez conllevará la constitución de una red sanitaria veterinaria con recursos tanto públicos como privados. Este sistema tendrá funciones de recogida sistemática y puntual de datos, análisis de los mismos y difusión de información y recomendaciones. Su desarrollo complementará el Plan Andaluz de Vigilancia Epidemiológica, dispositivo de prevención, diagnóstico, seguimiento e investigación que la Junta desarrolla para la detección precoz y la disminución de la incidencia de las enfermedades animales, con 30.000 controles y 10 millones de análisis de muestras al año.

Asimismo, el decreto crea el Registro Único de Ganadería de Andalucía, en el que se integran como secciones los registros que actualmente funcionan para las ADSG, transportistas y explotaciones y en el que, además, se incorporan otras sobre movimiento de ganado, identificación individual de animales, centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte, centros y equipos de recogida, almacenamiento y distribución de material genético para reproducción animal y agentes certificadores.

Junto con estos instrumentos, la norma aprobada por el Consejo de Gobierno también introduce medidas de simplificación y agilización administrativa para el comercio pecuario. De este modo, la solicitud y emisión del documento (guía) de traslado animal podrá realizarse a través de medios telemáticos. Su plazo de expedición se reduce de cinco a tres días hábiles desde el momento de la petición, mientras que el periodo de vigencia pasa de cinco a siete días naturales.

Asimismo, estas guías de traslado, que en Andalucía alcanzan una cifra anual de alrededor de 300.000, ya no se exigirán en los casos de movimientos en explotaciones ganaderas del mismo titular y el mismo término municipal calificadas sanitariamente; de équidos dentro de Andalucía sin cambio de titularidad y con retorno a la finca de origen en menos de diez días, y de aves de corral para exposiciones y concursos dentro de la comunidad.

En el caso de concentraciones de animales procedentes de distintas explotaciones, con ocasión de eventos como ferias de ganado o romerías, la autorización administrativa se sustituye por una comunicación dirigida a la Delegación Provincial de Agricultura.

Por otra parte, y en relación con los programas sanitarios, el decreto abre la posibilidad de realizar regulaciones específicas adaptadas a los distintos modelos de explotaciones, como las vinculadas a la trashumancia o a la dehesa.

Otra medida novedosa es la consolidación de la Escuela de Pastores de Andalucía, una iniciativa de las consejerías de Agricultura y Medio Ambiente que hasta ahora se ha desarrollado de forma experimental y que, tras dos ediciones, se formaliza como un programa formativo específico. Entre otras materias, se impartirán contenidos relacionados con el manejo de pastos, sanidad animal, zootécnicas y medidas medioambientales.

Simplificación de trámites

Finalmente, el decreto también simplifica los procedimientos de autorización de núcleos zoológicos, parques zoológicos, colecciones científicas y centros de conservación, recuperación y reintroducción de especies silvestres. Las personas interesadas en tener estas instalaciones ya no tendrán que dirigirse a dos administraciones, ya que se suprime el requisito referido a la Consejería de Agricultura y Pesca. A partir de ahora, el trámite sólo se llevará a cabo ante los ayuntamientos en el caso de los núcleos zoológicos (dedicados a venta, adiestramiento y cuidado de animales de compañía) y ante la Consejería de Medio Ambiente en el resto de instalaciones.

El sector ganadero andaluz supone un 15% de la Producción Final Agraria, con un valor de 1.544 millones de euros anuales y un protagonismo destacado en la industria agroalimentaria. Sus más de 116.000 explotaciones albergan 6,3 millones de cabezas, 18,4 millones de aves y 535.457 colmenas.

Andalucía es la primera comunidad autónoma española en censos caprino y equino, así como en explotaciones apícolas. Ocupa el segundo puesto en avicultura de carne, el cuarto en ganado bovino y porcino y el quinto en ovino.

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