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Sección con el apoyo de

Más propuestas para el reparto de los fondos FEADER 2014-2020

11/09/2013

Pagina nueva 4


En los primeros contactos entre el Ministerio y las CC.AA. para
fijar los criterios de reparto de los fondos FEADER 2014-2020 se han barajado
dos fórmulas principales. El Ministerio ha basado sus cálculos en la fórmula
llamada de "integración" que figura en el documento de impacto de 2011 (http://ec.europa.eu/agriculture/policy-perspectives/impact-assessment/cap-towards-2020/report/annex4_en.pdf),
que utiliza tres factores de reparto, a partes iguales:

 


– (1/2 SAU + 1/2 empleo agrario) x índice inverso de
productividad del trabajo agrario


– 1/3 zonas desfavorecidas + 1/3 Natura 2000 + 1/6 bosques + 1/6
pastos permanentes


– población rural
 


y el resultado se multiplica por un índice inverso de renta per
capita. El Ministerio no ha incorporado la suavización que realizó en el
documento citado la Comisión Europea, mediante 
la
ponderación con un 50% de la clave actual de reparto (la de los PDR 2007-2013),
y a la vez poniendo un suelo a las pérdidas de fondos del 90%, y un techo del
110%. El resultado, en porcentaje, figura en el cuadro.

 

Por su
parte, varias CC.AA. defendieron en la reunión el uso del "índice de ruralidad"
aprobado en el Real Decreto 752/2010, que se basa en la población y superficie
de las zonas rurales (definidas según la Ley 45/2007), la superficie de Natura
2000, la insularidad, la renta per capita, la regresión poblacional, el
despoblamiento, el envejecimiento y la dispersión poblacional, con el resultado
que figura también en el cuadro.

 

 

CRITERIOS DE REPARTO DE FONDOS FEADER (%)

 


Reparto 2007-2013


Integración (cálculos MAGRAMA)


Ley 45/2007

 


Andalucía

26,5

20

15,5


Aragón

5,8

4,1

7,9


Asturias

3,8

3,8

4,4


Baleares

0,6

2,3

1,5


Canarias

2

1

4,4


Cantabria

1

2

1,9


Castilla y León

10,6

15,9

17,4


Castilla – La Mancha

14,3

15,4

12,1


Cataluña

3,9

2,6

5,5


Com. Valenciana

2,2

3,2

3,6


Extremadura

11,1

12,7

9,3


Galicia

11,1

9,2

9,1


Madrid

1

0,6

1,2


Murcia

2,7

4,2

1,6


Navarra

1,6

1,4

1,8


País Vasco

1,1

0,6

1,4


Rioja

0,7

0,8

1,4

 

 

 

La
fórmula que propo
ne
el Ministerio utiliza la definición de zona rural de la OCDE, que califica o
excluye como tales a las provincias enteras, de acuerdo con el mapa que puede
verse a continuación (extraido del informe anual de la CE sobre desarrollo
rural). Como este criterio pesa un tercio en el resultado, influye mucho en el
reparto, con resultados a veces paradójicos, como que Baleares se considere
totalmente rural (incluida su capital) mientras

que Canarias solo en parte (la provincia de Las Palmas en un criterio, y solo
las islas pequeñas en otro), con lo que las islas mediterráneas ob
tendrían
más del doble de fondos que las atlánticas, mientras que si este criterio de
población rural se tratase de forma más homogénea la situación se invertiría.
También resultan penalizadas por este criterio otras Comunidades Autónomas,
destacando el caso de Aragón, en el que la exclusión de la totalidad de la
provincia de Zaragoza reduce drásticamente su participación en el reparto. Otras
CC.AA. son favorecidas al considerarse rural toda su población,
incluidas capitales y zonas industriales.

 

En la
comparación con el período actual 2007-2013 debe tenerse en cuenta que el
reparto vigente no se basó en una fórmula conocida, sino en una mezcla de
criterio histórico con tipología de regiones, que dio lugar a situaciones
tan llamativas como la de Castilla y León, que solo recibió un 10,6% de los
fondos, muy por debajo de su participación en cualquiera de los indicadores
habituales de desarrollo rural, por lo que cualquiera de las dos fórmulas que
ahora se barajan conducen a un sensible incremento de su participación.

 



http://ec.europa.eu/agriculture/statistics/rural-development/2011/ch31_en.pdf

 

 

 

 

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