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PE:Mejores condiciones de trabajo para los trabajadores temporeros en la UE

03/02/2014

La Eurocámara votará el miércoles una directiva que busca garantizar mejores condiciones laborales para los trabajadores temporeros que llegan a la UE procedentes de terceros países. Estas normas, acordadas por el PE y el Consejo, les asegurarán una vivienda digna y equipararán sus derechos (salario mínimo, horas de trabajo, etc.) a los de los ciudadanos europeos. La CE estima que cada año entran en la UE unos 100.000 temporeros para trabajar en sectores como la agricultura o el turismo.

Este conjunto de normas constituye la primera legislación europea que regula la entrada y las condiciones de trabajo de los trabajadores temporeros. Los Estados miembros seguirán decidiendo cuántos inmigrantes de esta categoría aceptan cada año. Asimismo, cada país determinará la duración máxima de la estancia de los temporeros, que podrá oscilar entre los 5 y los 9 meses dentro de un periodo de 12 meses. Los temporeros podrán prolongar sus contratos o cambiar de empresa dentro de ese límite.

Los países de la UE tendrán un plazo de 2 años y medio para adaptar sus legislaciones nacionales a la directiva. En España, la afluencia de temporeros ha estado vinculada tradicionalmente a la agricultura (vendimia, recogida de la fresa, la aceituna y el espárrago, así como cultivos hortofrutícolas) y el turismo.

Contrato de trabajo y vivienda digna

Según el texto acordado por el Parlamento y el Consejo, cualquier persona que quiera entrar a trabajar en un país de la UE como temporero tendrá que presentar un contrato de trabajo o una oferta de empleo en firme. En ambos casos, el documento deberá especificar aspectos esenciales de la relación laboral, como el salario o las horas de trabajo.

A propuesta del Parlamento, el empresario también tendrá que probar que el trabajador dispondrá de un alojamiento adecuado. En caso de que el alojamiento corra a cargo del propio empresario, el importe del alquiler no será excesivo y tampoco se podrá deducir automáticamente del salario del trabajador.

Igualdad de trato

El compromiso establece el principio de igualdad de trato con respecto a los nacionales del país de acogida en cuanto a la edad mínima para trabajar, la remuneración por despido, horas de trabajo, vacaciones, libertad de asociación y afiliación, regímenes de seguridad social, derechos de pensión ligados al salario y seguridad en el lugar de trabajo. Los temporeros también tendrán garantizado el acceso a bienes y servicios públicos del país de acogida, excepto la vivienda.

Readmisión y sanciones

Las nuevas normas facilitan la tramitación de los permisos para los solicitantes que hayan sido admitidos como temporeros en un Estado miembro en los cinco años anteriores. Asimismo, contemplan la imposición de sanciones, como el pago de compensaciones a los temporeros, contra los empresarios que no cumplan sus obligaciones. Las empresas subcontratadas también podrán ser sancionadas.

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