La reciente sentencia del Tribunal Supremo ha anulado la ampliación obligatoria del espacio por cerdo prevista en el Real Decreto 159/2023, al considerar insuficiente la memoria de impacto económico que acompañaba a la norma. El fallo declara nulo el apartado 4 de la disposición final cuarta, que endurecía las condiciones de bienestar animal al exigir más superficie libre por animal en las explotaciones de porcino, según informa ASAJA. Esta sentencia marca un precedente relevante para la ganadería intensiva española.
Un decreto sin memoria económica suficiente, según el Tribunal Supremo

El origen del caso está en el recurso presentado por la empresa ganadera navarra Granja Los Alecos S.L., que cuestionaba la falta de rigor de la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN) utilizada para justificar el cambio normativo. Cuando el Gobierno aprobó el decreto en marzo de 2023, la MAIN calificó el impacto económico de la medida como «nulo» o mínimo.
El Tribunal Supremo rechaza esa valoración y subraya que la reducción de densidades —al exigir más metros cuadrados por cerdo— tiene una «innegable repercusión económica». En la práctica, las explotaciones sólo podían optar entre reducir el número de animales alojados, con la consiguiente pérdida de ingresos, o acometer inversiones importantes para ampliar naves y adaptar instalaciones. El sector había estimado que el coste medio de esa adaptación superaría los 300.000€ por explotación, o bien una reducción de la capacidad productiva nacional de entre 4 y 8 M de cerdos al año (entre un 7% y un 16% de las plazas).
Efectos de la sentencia sobre las densidades y la planificación de las granjas
La anulación del precepto tiene efectos directos sobre la planificación de las explotaciones porcinas. Las nuevas tablas de densidad para lechones destetados y cerdos de producción previstas en el RD 159/2023 quedan sin efecto, por lo que desaparece la obligación de aumentar de forma generalizada la superficie mínima por animal.
Con la caída de este apartado, la referencia normativa para la densidad en las granjas vuelve a ser la establecida en el Real Decreto 1135/2002. Esto elimina la necesidad de acometer obras urgentes o reducir el censo de animales antes de 2025 para adaptarse a las exigencias ahora anuladas. Para el sector, la sentencia aporta seguridad jurídica y evita que muchas explotaciones tuvieran que replantear sus inversiones y su carga ganadera a corto plazo.
Además, el fallo lanza un mensaje de alcance más amplio: las futuras normas en materia de bienestar animal o medio ambiente que afecten de forma significativa a la estructura productiva deberán ir acompañadas de memorias económicas realistas. El Tribunal Supremo recuerda que medidas de este tipo no pueden presentarse como inocuas si implican costes relevantes para los productores, lo que convierte a esta sentencia Supremo espacio por cerdo en un aviso para la elaboración de futuras regulaciones.
La valoración de ASAJA: bienestar animal sí, pero con números y diálogo
ASAJA valora la decisión del Tribunal Supremo como una confirmación de las advertencias que venía realizando desde la aprobación del Real Decreto. La organización agraria sostiene que el sector porcino ya ha acometido importantes inversiones en bienestar animal, bioseguridad y modernización, y que cualquier nueva exigencia debe basarse en datos económicos contrastados y en un diálogo previo con los ganaderos.



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