La Comisión Europea ha aprobado una enmienda al Reglamento de minimis para el sector agrícola, el cual permite a los Estados miembros conceder pequeñas ayudas directas a agricultores y ganaderos sin necesidad de notificar o solicitar aprobación previa a la Comisión, al considerarse que estas ayudas no tienen un impacto significativo en la competencia ni en el comercio dentro del mercado único. Las nuevas modificaciones entrarán en vigor tres días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2032.
Principales cambios introducidos
En virtud del actual Reglamento de minimis agrícola , los Estados miembros pueden conceder ayudas al sector agrícola de hasta 20.000 euros por beneficiario (25.000 euros si el Estado miembro dispone de un registro central para registrar las ayudas de minimis ) durante un período de tres ejercicios fiscales sin notificación previa a la Comisión para su aprobación. Además de estos límites máximos por beneficiario, cada Estado miembro de la UE tiene un importe nacional máximo para dichas ayudas (el denominado «límite nacional»), con el fin de evitar cualquier posible distorsión de la competencia.
El Reglamento revisado introduce una serie de modificaciones clave destinadas a aumentar el apoyo directo a los agricultores, simplificar la gestión de las ayudas y adaptarse a las necesidades del sector agrícola en un contexto de inflación y crisis climática:
- Aumento de los límites de ayuda por beneficiario: El techo máximo de ayudas por beneficiario durante un periodo de tres años pasa de 25.000 euros a 50.000 euros. Este aumento responde al contexto de inflación sectorial excepcional de los últimos años y las previsiones hasta 2032.
- Ampliación de los topes nacionales: Los «topes nacionales», calculados en función del valor de la producción agrícola de cada Estado miembro, se incrementan del 1,5% al 2% de la producción agrícola nacional. Además, el periodo de referencia para este cálculo se amplía, abarcando ahora los años 2012 a 2023, reflejando el incremento en el valor de la producción agrícola en la última década.
- Eliminación del límite sectorial: Se suprime el límite que impedía a los Estados miembros asignar más del 50% de su tope nacional a un único sector agrícola. Esta medida otorga mayor flexibilidad a los Estados para responder a las necesidades específicas de sectores individuales.
- Registro central obligatorio: Los Estados miembros deberán implementar un registro centralizado obligatorio, ya sea a nivel nacional o europeo, para gestionar estas ayudas. Esto reducirá la carga administrativa para los agricultores, que hasta ahora debían monitorear personalmente el cumplimiento de los límites de ayuda.
- Extensión de la validez del Reglamento: La enmienda amplía la vigencia del reglamento hasta finales de 2032, asegurando estabilidad en el apoyo a largo plazo para los agricultores.
Impacto en el sector agrícola
Estas modificaciones permitirán a los Estados miembros proporcionar un apoyo más ágil, eficiente y directo a los agricultores, especialmente en contextos de crisis provocadas por fluctuaciones de precios, desastres naturales o el impacto del cambio climático. El aumento de los límites y la simplificación administrativa mejoran significativamente la capacidad de reacción de los Estados miembros frente a emergencias y cambios rápidos en el mercado.
En paralelo, la Comisión Europea ha presentado propuestas legislativas para fortalecer la posición de los agricultores en la cadena agroalimentaria, mediante enmiendas específicas al Reglamento de la organización común de mercados agrícolas (OCM) y un nuevo reglamento sobre la aplicación transfronteriza contra las prácticas comerciales desleales. Estas iniciativas buscan garantizar un mercado más justo y equilibrado para los agricultores europeos.
Desde luego sobre papel suenan bien estas medidas de apoyo a los agricultores pero ahora lo que hay que ver es como se trasladan finalmente esas propuestas a la realidad, fundamentalmente en cuanto a equilibrar la posición de los productores en la cadena alimentaria. Existen sectores tal como los frutos secos y específicamente la almendra en donde lo precios que se pagan al agricultor sumándole un costo de transformación en torno al 25% del precio percibido por el agricultor (que cubre su descascarado, repelado, embolsado) sin ningún valor añadido más es vendido al consumidor por la distribución con un sobreprecio que alcanza hasta un 400%. Esto desde luego no es equilibrio en la cadena y el MAPA que conoce los gastos de producción al agricultor que son superiores al precio percibido por el agricultor por su almendra producida algo debería hacer al respecto y equilibrar más esa cadena de valor.