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¿Cómo queda el tipo del IVA en los alimentos a partir de mañana?

30/09/2024

En junio pasado, se publicó el Real Decreto-ley 4/2024, que entre otras cuestiones, prorrogó la bajada del IVA para ciertos alimentos. La prorroga de la bajada está estructurada en dos períodos, de manera que en 2025 se volviera a la situación habitual de forma paulatina.

Hoy termina el primer período y a partir de mañana y hasta el 31 de diciembre se inicia el segundo período en el que se aplicarán nuevos porcentajes de IVA:

  • Pastas alimenticias y aceites de semilla que hasta hoy tributaban al 5% pasarán mañana a tributar al 7,5%.
  • Alimentos de primera necesidad (leche, huevos, frutas, verduras, pan, legumbres, queso, harina, tubérculos, hortalizas y cereales) y los aceites de oliva pasarán del 0% al 2%.

El decreto también recoge que el aceite de oliva se consolida como alimento de primer necesidad en el tipo súper reducido del 4% a partir del 1 de enero de 2025, lo que exige una modificación de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, con carácter indefinido a estos efectos.

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