• Buscador
  • Contactenos
  • separador
  • SUSCRIBASE
  • Anuncios clasificados
Agrodigital

la web del campo

  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Frutas y hortalizas
    • Vino
    • Olivar
    • Remolacha y azúcar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
    • Insumos agrícolas
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • Política agraria España
    • Política agraria países terceros
    • OMC – Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • Artículos
Está aquí: Home / Política agraria / Política agraria España / C. Valenciana: más del 80 % de las solicitudes para quemas agrícolas reciben autorización extraordinaria

           

C. Valenciana: más del 80 % de las solicitudes para quemas agrícolas reciben autorización extraordinaria

20/05/2024

La Conselleria de Justicia e Interior, en coordinación con la Conselleria de Agricultura de la Comunidad Valenciana ha emitido ya 36 autorizaciones extraordinarias para quemas agrícolas individuales, dentro de los supuestos de flexibilidad que permite la suspensión temporal adoptada recientemente debido al elevado riesgo de incendios forestales.

Hasta la fecha se han recibido 44 solicitudes y se han remitido 36 informes favorables a la quema desde el Servicio de Sanidad Vegetal de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca a la dirección general de Prevención de Incendios, es decir, el 81,1 % se han resuelto favorablemente al certificar que se ajustan a la normativa. De las solicitades restantes, 3 de ellas no entraban dentro de la aplicación de la resolución y las 5 restantes se han devuelto para subsanación.

El elevado riesgo de incendios forestales en la Comunitat Valenciana fue el que motivó la suspensión temporal de las quemas de márgenes de cultivo o de residuos vegetales en aquellas parcelas ubicadas en terrenos forestales, colindantes o situados en la Zona de Influencia Forestal.

Según viene recogido en esta resolución la suspensión se motiva “vistas las especiales condiciones de riesgo de incendios forestales que está afectando a la Comunitat Valenciana, provocado por un notable déficit de precipitaciones, superior al 90% en algunas comarcas, que se prolonga desde el verano pasado, al que acompaña unas temperaturas inusualmente elevadas y reiterados episodios de fuertes vientos terrales.” 

A esto añade “que estas condiciones meteorológicas acumuladas por un período de tiempo tan prolongado han provocado una situación de elevado estrés hídrico en la vegetación, que se encuentra muy desecada y con un bajo contenido de humedad, lo que hace que ésta esté más disponible para arder, facilitando las igniciones y la propagación posterior del fuego”.

Es necesario señalar que, desde la aprobación de la suspensión de las quemas el 15 de abril, la situación en los bosques valencianos se ha agravado, aumentando el efecto de la sequía meteorológica debido a la ausencia de precipitaciones, en la humedad de la vegetación, que todavía es más baja. Así pues, el riesgo de grandes incendios sigue vigente.

Esta suspensión no afecta a las parcelas ubicadas a más de 500 metros de distancia de terrenos forestales, que tal y como recoge del anexo VIII, del Decreto 91/2023 del reglamento forestal del reglamento Forestal de la Comunitat Valenciana.

Excepciones autorizadas

Cabe recordar que en la resolución emitida el pasado del 15 de abril establecía las siguientes excepciones: las parcelas en las que se encuentren residuos agrícolas que deban ser eliminados por razones fitosanitarias mediante el empleo de fuego, y las parcelas en las que se arrancaron cultivos leñosos antes de la publicación de la resolución y estén pendiente de quema para la replantación o transformación. Todas estas excepciones se están certificando tras la supervisión técnica coordinada entre la Conselleria de Justicia e Interior, en coordinación con la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Las solicitudes pueden presentarse en cualquier registro oficial, preferentemente en la Oficina Comarcal Agraria a la que pertenezca la explotación.

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Escriba un comentario: Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Lo último sobre POLÍTICA AGRARIA ESPAÑA

  • Cuestión de entendederas (X. Iraola) 27/10/2025
  • La nueva exigencia de acreditar el derecho al uso de una parcela puede dejar fuera de la PAC a miles de agricultores, según COAG 24/10/2025
  • ASAJA califica de insuficientes las ayudas del Gobierno por los incendios del pasado verano 24/10/2025
  • Castilla y León destaca su modelo de control de la PAC como referente nacional 23/10/2025
  • El Gobierno aplaza a 2026 las obligaciones de cuaderno digital y plan de abonado 22/10/2025
  • Incendios del verano: 27 M€ en ayudas sin necesidad de solicitarlas. Consulte los municipios afectados 22/10/2025
  • La Conferencia Sectorial aprueba 7,4 M€ para programas de sanidad animal y modifica el Plan Estratégico de la PAC 22/10/2025
  • La pregunta del millón 20/10/2025

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2018 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web y obtener analítica web. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que está de acuerdo.Estoy de acuerdo