Agrodigital

la web del campo

  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Frutas y hortalizas
    • Vino
    • Olivar
    • Remolacha y azúcar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
    • Insumos agrícolas
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • Política agraria España
    • Política agraria países terceros
    • OMC – Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • CC.AA.
    • Castilla y León
  • Legislación
  • Varios
    • Artículos
    • Buscador
    • Anuncios clasificados
    • Contacto
    • Newsletter
Está aquí: Home / Medio ambiente / Agua y sequía / El Tribunal Supremo desestima la suspensión cautelar de los caudales ecológicos del Tajo

           

El Tribunal Supremo desestima la suspensión cautelar de los caudales ecológicos del Tajo

28/07/2023

En relación a los litigios contra los caudales ecológicos del vigente Plan Hidrológico de la cuenca del Tajo, el Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse en relación a los recursos interpuestos por la Generalidad Valenciana, la Diputación de Alicante y la Comunidad de la Región de Murcia, según recoge la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo.

En el caso de la Generalitat Valenciana, el alto tribunal confirma la denegación de las medidas cautelares que ya desestimó el 4 de mayo de 2023, reiterando que los supuestos daños que se producirían con la implantación de los caudales según la recurrente, son futuros (para 2026) y por tanto no pueden amparar una suspensión cautelar ahora.

En el caso de la Diputación de Alicante y de la Comunidad de la Región de Murcia, decide por primera vez sobre las medidas cautelares de suspensión de la implantación de caudales ecológicos. Desestima ambas peticiones cautelares por distintas razones, entre las que destaca que el establecimiento y aplicación de los caudales ecológicos completos es una obligación legal que, además, es necesaria dado el deterioro ecológico general en el que se encuentra el eje del Tajo. También razona que supone un incumplimiento de las sentencias del Tribunal Supremo respecto del Plan Hidrológico de 2016 que exigían un régimen de caudales ecológicos completos.

En su argumentación, el Tribunal Supremo afirma que el interés general está en la obligación de cumplir con los caudales ecológicos y, sobre todo, teniendo en cuenta el mal estado de las masas de agua del eje del Tajo. En este sentido cita textualmente que “la no implantación del régimen de caudales o la eventual suspensión de su aplicación hasta determinado momento implicaría evitar:

  • El logro de unas condiciones hidromorfológicas adecuadas para las masas de agua superficial presentes en el eje del Tajo y, en consecuencia, poner en riesgo alcanzar el buen estado ecológico en las mismas antes de la finalización de 2027, de acuerdo con los plazos reflejados por la Directiva Marco del Agua.
  • La conservación o recuperación del medio natural, manteniendo la vida piscícola que, de manera natural, habita o pudiera habitar en el río, así como la vegetación de ribera”.

El Tribunal, en sus argumentos para desestimar las pretensiones de Generalidad Valenciana, la Diputación de Alicante y la Comunidad de la Región de Murcia, considera que “el estado ecológico de las masas en el eje del Tajo al inicio del tercer ciclo de planificación es deficiente o moderado en su mayoría, y el hidromorfológico peor que muy bueno”. Tal hecho justificaría la implantación del régimen de caudales ecológicos.

Estos autos desestimatorios respaldan las tesis defendidas por los colectivos de la Red Ciudadana del Tajo y la Asamblea de Municipios Ribereños de Entrepeñas y Buendía, personadas en estos recursos. Estos colectivos celebran estas decisiones del Tribunal Supremo y suponen un paso adelante en el objetivo de conseguir caudales ecológicos con todas sus componentes en todas las masas de agua de la cuenca del Tajo.

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Escriba un comentario: Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Es actualidad

  • Ayudas DANA: si tiene deudas fiscales o con la SS tiene hasta el 16 de septiembre para subsanarlas 11/09/2025
  • La cuenca del Segura roza el nivel de alerta por escasez de agua 09/09/2025
  • Murcia destina 8 M€ en ayudas directas para el campo afectado por la sequía 28/07/2025
  • Castilla y León superará las 30.000 ha de regadío modernizadas con nuevas actuaciones en Palencia y León 24/07/2025
  • Publicado el primer listado de ayudas por daños agrarios tras la DANA 21/07/2025
  • Cataluña convoca nuevas ayudas para explotaciones afectadas por la sequía 21/07/2025
  • Junio de 2025, el más cálido desde 1961 11/07/2025
  • Sequía en Europa: alerta creciente en el centro-este y persistencia en el Mediterráneo 10/07/2025

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2018 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web y obtener analítica web. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que está de acuerdo.Estoy de acuerdo