El Real Decreto 855/2022, de 11 de octubre, publicado el miércoles en el BOE y que entró en vigor el pasado jueves, ha modificado las condiciones para el reconocimiento de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas (OPFH), para adaptarlas a la futura PAC, ha introducido restricciones adicionales al reconocimiento de dichas organizaciones, dificultando la constitución de nuevas entidades y el acceso a los fondos y programas operativos, en un entorno de creciente competencia exterior.
Esta nueva norma ha generado reacciones encontradas. Por un lado, Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) considera un paso adelante, aunque insuficiente, la elevación de los mínimos para el reconocimiento de las OPFH para evitar situaciones indeseadas, que desvirtúan el espíritu de la figura de las OPFH y facilitan el trasvase de ayudas públicas a fondos de inversión especulativos, y para favorecer la concentración real de la oferta.
En concreto, y de manera general, se eleva el mínimo de miembros de 5 a 10 con un valor mínimo de producción comercializable de 6.000.000 millones de euros (antes 3 mill€), manteniendo el condicionante de que, a menor número de miembros, mayor exigencia de VPC, así como una serie de excepcionalidades para distintas zonas de producción y sectores. También se ofrece al sector un periodo de adaptación de cuatro años.
COAG hubiera preferido que el límite se elevar a un mínimo de 20 productores con determinadas excepciones para territorios y sectores concretos.
Por el contrario, para FEPEX, estos requisitos adicionales limitarán el acceso de los productores a los fondos y programas operativos, principal medida de financiación de inversiones y de acciones de mejora de la calidad, necesaria para mantener la competitividad, en un contexto en el que esta mejora es absolutamente prioritaria, dada la inflación de costes y la globalización del mercado comunitario, al que se destina más del 50% de la producción del sector y en el que soporta la fuerte competencia de países terceros.
FEPEX recuerda que los fondos operativos a los que se accede a través de la presentación de programas operativos que presentan las OP no son ayudas directas, sino que son fondos cofinanciados en un 50% por los propios productores, y con un límite máximo de ayuda financiera comunitaria del 4,6% del valor de la producción comercializada, con carácter general. Se trata, además, de fondos que tienen un fin, deben ser destinados a financiar los programas operativos, que son programas de inversión y mejora de las explotaciones hortofrutícolas.
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