El actual Pago Básico pasará a llamarse Ayuda Básica a la Renta para la Sostenibilidad (ABRS) en la futura PAC, en la que se mantiene el sistema de derechos para percibir la ayuda. No obstante, las actuales 50 regiones existentes en el régimen de pago básico se van a transformar en 20 regiones en la nueva ayuda básica, repartidas en tierras de cultivo de secano, tierras de cultivo de regadío, cultivos permanentes, pastos permanentes, y la región Balear.
¿Cómo saber a qué región pertenece una determinada parcela agrícola? Esta información viene determinada por la región de los recintos SIGPAC que componen dicha parcela.
En la próxima PAC, cada derecho pertenecerá a una única región de las 20 nuevas regiones. Un derecho
sólo podrá activarse sobre una hectárea que pertenezca a la misma región. El valor y la región de los nuevos derechos se establece sobre la base de los derechos de pago básico existentes a 31 de diciembre de 2022, a través de un proceso de conversión. De esta manera, los agricultores activos que fuesen titulares de derechos de pago básico a 31 de diciembre de 2022 pasarán a ser titulares de derechos de ayuda básica a la renta a 1 de enero de 2023.
En la próxima PAC se continuará con la convergencia del valor de los derechos, para aproximar todos a la media regional, de manera que unos aumentan y otros disminuyen. En 2022 se ha conseguido que todos los derechos de pago básico hayan alcanzado el 73% del valor medio regional. Entre 2023 y 2026 se logrará que todos los derechos de ayuda básica a la renta alcancen al menos, el 85% del valor medio regional, a razón de un incremento anual del 3%.
Para el proceso de conversión habrá dos etapas:
- Primero, una conversión provisional de los derechos de pago básico a los derechos de ayuda básica a la renta antes del inicio de la solicitud de la PAC 2023 (antes del 1 de marzo de 2023), de cara a que los agricultores conozcan el valor y la región estimados de sus futuros derechos con antelación.
- Posteriormente, se procederá a realizar la conversión definitiva de los derechos, que tendrá lugar antes del 1 de abril de 2024.
La transformación provisional de los derechos se basará en los datos de superficies declaradas en 2022, mientras que la transformación definitiva de los derechos se basará en las superficies declaradas en 2023.
El FEGA, con el fin de explicar cómo se va a realizar el proceso de conversión, ha elaborado una nota explicativa. Para consultarla, pinche aquí.
Si un agricultor activo tiene 150 hectáreas de labor de secano y tiene 120 derechos de pago básico,con la reforma le abjudicaran los derechos que le faltan?
No, le adjudicarán 120 derechos de la región equivalente. Si podrá cobrar el ecoregimen en las 150 hectáreas.
Cobrará el eco-régimen por las 150,00 ha si cumple los requisitos, lo mismo hace números y comprueba que no le interesa cobrarlo porque los eceregímenes cuentan dinero hacerlos. Con el tiempo, nos enteraremos.
Si siembro 40 hectáreas en total ,cuánto tendría que sembrar de cada cosa
Si casi hace falta ir a la Universidad para poder contestar a esta pregunta o bien, preguntar a un Juez para que te de su visión de la Legislación pero sabiendo que otro juez, puede opinar otra cosa. Es lo que hay.
Si el año pasado tenía 21 hectáreas y 21 derechos y este año dejo 5 hectareas , esos 5 derechos los pierdo? ,o los puedo vender antes del 31 diciembre?
Esta es más fácil, sólo se pierden derechos si los tienes dos años sin utilizar. Los puedes vender este año, cuando se abra el plazo, para que un agricultor los utilice ya en el año 2023 o los puedes dejar sin utilizar el año 2023, porque te los van a asignar y venderlos el próximo año, para que otro agricultor los utilices en 2024 si tu, en este año, tampoco vas a tener tierras.
Hola. Si una parcela venia en la PAC estos años como de SECANO pero en realidad es REGADIO, ¿se puede modificar?
Y si, mas grave aun, una parcela venia en la PAC como regadio y estoy viendo en el sigpac que la han cambiado a secano, ¿se podrá modificar?
El cambio de regadio a secano o viceversa en el SIGPAC se soluciona facilmente si se cumplen los requisitos, el problema es que no te asignen la región que te corresponde por el error de S o R. Independientemente de la región que te asignen, tienes que tener solucionado lo de S o R en el SIGPAC porque influye en los ecoregímenes.
Muchas gracias. Ya no es tanto la región asignada sino, como bien dices, saber qué parcelas son de regadío y cuales de secano porque en los eco regimenes eso es basico. En fin, vaya jaleo que tenemos los agricultores. SALUDOS
Buenos días, mi pregunta es la siguiente, he ido a varias charlas sobre los nuevos eco-esquemas y en una referida a la región donde me encuentro nos han hablado de que nos encontramos por encima de los 650 mm (Comarca de Ciudad Rodrigo, Salamanca), por lo tanto humeda; en la reunión nos hablarón que tenemos que cumplir las condiciones de pastos humedos, pero en cuanto a tierras de cultivo secano hablaron de cumplir las condiciones de tierras de cultivo secano, y no entiendo porque no deberia cumplir las condiciones de tierras de cultivo secano humedo cuando el criterio (650 mm) es el mismo para los dos eco-esquemas y distinguir entre unas condiciones y otras.
Un saludo!
Hola buenas noches tengo una parcela de regadio que tiene la 501 y sus derechos adjudicados y la an pasado a la 10 en esta nueva pac como covergarian los derechos gracias un saludo.