El Pleno del Congreso de los Diputados convalidó ayer el Real Decreto-ley de medidas de apoyo al sector agrario por la sequía, que pertenecen a los ámbitos fiscal, laboral, financiero e hidrológico, competen a seis ministerios: al de Agricultura, al de Hacienda, Asuntos Económicos, Trabajo, Seguridad Social y Transición Ecológica. Según el Ministro de Agricultura, Luis Planas, se trata de un paquete de 450 M€.
La convalidación del RD se ha aprobado con una amplia mayoría, con 319 votos a favor, uno en contra y 24 abstenciones. Los grupos parlamentarios han decidido tramitarla como proyecto de Ley, lo que se ha aprobado por 337 votos a favor, 1 en contra y 6 abstenciones, según la información de Unión de Uniones, que así lo había pedido.
Las medidas que incluye el RD son:
Medidas laborales:
– Aplazamientos especiales, para empresas incluidas en el Sistema Especial Agrario y para autónomos pertenecientes al Sistema Especial para Trabajadores por cuenta propia (SETA), de las cuotas a la Seguridad Social a un interés muy reducido, del 0,5 %, siete veces inferior al habitual. En el caso de las empresas, los periodos de devengo serán entre los meses de marzo a mayo de 2022 y, para los autónomos, de abril a junio.
– Reducción del número mínimo de jornadas reales cotizadas, de 35 a 20, para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria a favor de trabajadores eventuales agrarios residentes en el territorio de las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. Estos dos son los territorios más afectados por la situación de sequía, ya que las reservas almacenadas en las cuencas hidrográficas del Guadalquivir y del Guadiana apenas alcanzan el 30 %.
– Se equipara la contratación como fijo discontinuo y la contratación eventual, a los efectos de acceso y determinación del derecho al subsidio para trabajadores eventuales agrarios y a la renta agraria.
Los trabajadores con contrato de fijo discontinuo incluidos en el Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social que desarrollen esta actividad en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura, cuando dejen de prestar servicios por haber finalizado o haberse interrumpido la actividad intermitente o de temporada de la empresa, o cuando se suspenda la actividad por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, o bien cuando, tras esas situaciones cesen involuntariamente en un trabajo eventual agrario, podrán tener la consideración tanto de trabajadores fijos discontinuos como de trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social a efectos de la protección por desempleo siempre que reúnan los requisitos exigidos en cada caso.
Medidas fiscales:
– Reducción del 20 % del rendimiento neto para las actividades agrícolas y ganaderas que tributan en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por el método de Estimación Objetiva (módulos). Se estima que esta medida beneficiará a 918.000 agricultores y ganaderos, y reducirá la base imponible en más de 500 millones de euros.
– Exención de las cuotas del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza rústica para determinados productores agrarios que reúnan ciertos requisitos.
Medidas económicas:
– Línea de ayuda, en régimen de concesión directa (“Línea ICO MAPA SAECA”), para la bonificación del principal de operaciones de financiación formalizadas a través de las entidades financieras, para lo que se habilita un presupuesto de 10 millones de euros, que podrá movilizar más de 100 millones de euros en el sector.
– Línea de financiación de avales en explotaciones agrarias 2,7 millones de euros, en las que subvencionará, en régimen de concesión directa, el coste de los avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA).
– Incremento de la dotación aprobada para el Cuadragésimo Tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados en 11 M€ para aumentar su efectividad en un contexto de cambio climático.
– El MAPA solicitará a Bruselas el aumento de los anticipos de las ayudas y flexibilización de las condiciones de aplicación de la PAC.
Medidas hidrológicas:
– Actuación sobre las tarifas para el agua desalada: serán una tarifas asumibles para el agua desalada en las Instalaciones Desaladoras de Agua de Mar (IDAM) y en las conducciones que deben salvar mediante elevaciones una gran diferencia de cota entre origen del recurso y demanda de destino.
Se actúa también sobre el coste del agua procedente de desaladoras de titularidad de la Administración General del Estado de hasta 0,450 €/m3, en toma de riego y con el coste del agua en la conducción Júcar-Vinalopó, fijándose unos precios por m3 de 0,295 € en toma de postrasvase. La fijación de estos precios máximos permitirá a los usuarios asumir los costes del recurso.
– Medidas para reducir efectos de la sequía en la cuenca hidrográfica del Guadalquivir y del Guadiana, que serán de aplicación a determinadas unidades territoriales de escasez (UTES). Entre estas medidas destaca la reducción de entre el 50 % y el 100 % de las cuotas del canon de regulación y las tarifas de utilización del agua o la puesta en marcha de obras de emergencia en la demarcación del Guadalquivir con una inversión estimada de 9,65 millones de euros.
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