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Está aquí: Home / Política agraria / Política agraria España / CLM ya tiene su decreto de venta directa

           

CLM ya tiene su decreto de venta directa

17/11/2020

El viernes pasado, se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Decreto 71/2020, que regula la venta directa de productos ligados a la explotación agraria en Castilla-La Mancha.

El Decreto regula dos posibles modalidades de venta:

– La venta directa que se podrá realizar en:

  • La propia explotación o en establecimientos del productor o de la agrupación a la que pertenezca; e
  • El domicilio de la persona consumidora, o
  • Ferias y mercados dentro de la comunidad autónoma y provincias limítrofes.

– La venta a través de un canal corto de comercialización, que podrá ser:

  • Con un único intermediario.
  • A través de un local habilitado al que le suministre directamente el productor o
  • Venta on line a través de internet.

Además, este decreto permite que se puedan vender los productos propios primarios o transformados, en establecimientos de restauración o turismo o en un comercio minorista que sean propiedad del mismo agente productor agrario, siendo considerada como venta directa o venta en canal corto de comercialización.

Se pueden vender productos frescos y transformados. Dentro de los productos sin transformar están aceituna de mesa, azafrán, caracoles, cereales, frutos rojos, todos los frutos de pepita y hueso, hortalizas, huevos, miel y sus derivados, frutos secos, legumbres, patatas, setas, trufa y todas las hierbas aromáticas.

En cuanto a los productos transformados, podrán vender aceite, cárnicos elaborados, todos los derivados lácteos como queso, yogur, cuajada, requesón; compotas, confituras, mermeladas, membrillos y similares, así como vinos, vinagre, cerveza y licores.

Según el productos hay una limitación de cantidad y volumen, como se recoge en la siguiente tabla:

En el caso de ser productor primarios, deben tener su explotación agrícola en el Registro de Explotaciones Agrícolas (REGEPA) como venta directa y la producción será de las parcelas ubicadas en Castilla-La Mancha. En el caso de una explotación ganadera, estar inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) de Castilla-La Mancha. En caso de los productos transformados, las instalaciones de la explotación estarán inscritas en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).

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