Las normas de la UE sobre la indicación obligatoria del país de origen de determinadas carnes han demostrado ser un dato importante para los consumidores a la vez que fiables. Estos son algunos de los hallazgos clave del estudio que acaba de publicar la Comisión Europea sobre la evaluación de la indicación obligatoria del etiquetado del país de origen para ciertas carnes.

Este estudio contribuye a una evaluación general del reglamento vigente para la indicación obligatoria del etiquetado del país de origen de determinadas carnes, que concluirá con la publicación de un informe de evaluación (documento de trabajo de los servicios de la Comisión) a principios de 2021.
El objetivo es evaluar si las normas sobre información alimentaria a los consumidores en lo que respecta al etiquetado de origen obligatorio para determinadas carnes son eficaces, eficientes, coherentes, pertinentes y aportan valor añadido.
¿Qué establece la norma comunitaria?
Las normas de la UE relativas a la indicación obligatoria del etiquetado del país de origen para determinadas carnes se aplican a la carne fresca, refrigerada y congelada de porcino, ovino, caprino y aves de corral. Las obligaciones básicas del Reglamento incluyen:
- indicar en la etiqueta de las carnes frescas y congeladas de determinadas especies el país de origen o lugar de procedencia;
- disponer en cada etapa de producción y distribución de estas carnes un sistema de identificación y registro que asegure:
- el vínculo entre la carne y el animal del que se obtiene;
- la transmisión de la información relacionada con las indicaciones del país de origen junto con la carne.
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