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El Comité andaluz de Caza da el visto bueno a los periodos hábiles para la temporada 2020-21

27/04/2020

El Comité de Caza del Consejo Andaluz de Biodiversidad, dependiente de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, ha dado el visto bueno a la resolución reguladora de los periodos hábiles para la temporada 2020-21 en la comunidad autónoma, con la modificación que supone la reducción de la acción cinegética sobre la tórtola europea a cuatro días en aplicación del compromiso adquirido a nivel nacional, y desarrollado por las distintas comunidades autónomas, de un plan integral de gestión europeo.

Se han vuelto a adaptar los días de inicio y fin de los distintos periodos donde se permite la caza de las distintas especies y modalidades al calendario 2020-21, que se publicará de forma oficial en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) próximamente.

Previamente, el Comité ha sido informado de la situación de las poblaciones de las especies cinegéticas fruto del seguimiento realizado por la Consejería, a través de la agencia Amaya, y ha tenido conocimiento del borrador de la Orden de Cetrería que ha comenzado su tramitación.

En la tabla de orden de vedas, se ha acordado separar a la tórtola europea (Streptopelia turtur) del resto de especies de la media veda, que debido a su situación poblacional requiere el desarrollo de un plan de caza integral europeo sostenible en el que trabajan entidades científicas, el sector cinegético, conservacionistas y las administraciones regionales, nacionales y europeas.

Existe, por tanto, un compromiso a nivel nacional presentado a la Comisión Europea. Por ello, se reduce la acción cinegética sobre la especie de los dieciséis días en los que se podía cazar a los dos días del último fin de semana de agosto y los dos días del primer fin de semana de septiembre, permitiendo la caza solo por la mañana, hasta las 12:00 horas, y manteniendo el cupo de cinco tórtolas por cazador y día. No obstante, se mantienen las acciones beneficiosas para la especie que han desarrollado tradicionalmente los propietarios de cotos y las sociedades de cazadores, como las siembras, los comederos y bebederos, la reducción de predadores de las puestas de la tórtola y la conservación y mantenimiento de las zonas de nidificación.

Por otro lado, el comité ha tomado conocimiento de propuestas de términos municipales que sufren daños en sus explotaciones agrícolas por conejos silvestres y que serán analizadas por la delegaciones territoriales para su inclusión en la correspondiente resolución, en la que se determinan las normas, periodos, modalidades y limitaciones excepcionales para el control que los cazadores realizan de forma proporcional al perjuicio sobre cosechas.

Por último, se han clarificado algunos aspectos de la resolución por la que se declara el área de emergencia cinegética temporal por daños y riesgos sanitarios de jabalí y cerdo asilvestrado, para regular la adecuada presión cinegética en los terrenos de contacto entre el monte y los campos de cultivo y terrenos urbanos, y no tanto la presión en el monte, hábitat natural de la especie. Las altas densidades de estos animales suponen un elevado riesgo a la trasmisión de enfermedades, algunas de ellas de alto impacto en las cabañas ganaderas de vacuno y porcino. Por otra parte, estas densidades y una variación en la distribución y comportamiento de los ejemplares están haciendo más frecuentes las incursiones de estos animales en territorios urbanos y en explotaciones agrícolas, con el riesgo de daños y pérdidas que conlleva y afectando a poblaciones de otras especies silvestres.

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