El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto-ley que amplía hasta el los plazos de presentación y pago de declaraciones y autoliquidaciones de impuestos para pymes y autónomos que habitualmente se hacen en el mes de abril. Se beneficiarán de este aplazamiento quien tenga una facturación de hasta 600.000 euros.
Por tanto, la presentación trimestral del IVA, el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades y el pago de la retenciones a cuenta del IRPF se podrán presentar hasta el 20 mayo de 2020 en lugar de hasta el 20 de abril que es cuando correspondería.

En el caso de las declaraciones domiciliadas, el plazo se amplía también un mes y pasa del 15 de abril al 15 de mayo. Con independencia del momento de la presentación, todos los cargos se realizarán el 20 de mayo, incluyendo las declaraciones que se hayan presentado hasta ahora.
Según el Ministerio de Hacienda, esta medida beneficiará a 3,4 de contribuyentes, lo que supone un 95% del total de pymes y autónomos que, a su vez, componen la mayor parte del tejido productivo de nuestro país.
Hay que recordar, que pymes y autónomos también pueden acogerse al aplazamiento del pago de impuestos. Hasta 30.000 euros durante 6 meses, sin pagar intereses durante los tres primeros.
Se aplica también a los arrendadores de locales que no son autonomos.