El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el sábado la Orden APA/269/2020 por la se amplía en toda España, hasta el 15 de mayo, el plazo de presentación de la solicitud única de los pagos directos a la agricultura y ganadería para el año 2020. Este plazo se inició el 1 de febrero y su finalización estaba prevista para el próximo 30 de abril.
La normativa vigente ya permitía que las CCAA, que así lo decidieran, podrían ampliar el plazo solicitud hasta, como máximo, el 15 de mayo. El año pasado por ejemplo, algunas lo ampliaron hasta el 15 de mayo, otras, en diversas fechas de la primera quincena de mayo y algunas no lo ampliaron.

El Mapa ha optado en prorrogar la fecha, para dar mayor tranquilidad a los agricultores y ganaderos beneficiarios de la PAC, a la espera de que la Comisión Europea desarrolle, a petición de España y otros países, el reglamento comunitario que lo prorrogará hasta el 15 de junio. Una vez se publique este reglamento, en España se tomarán las medidas necesarias para prorrogar el plazo hasta dicha fecha, en función de la evolución del estado de alarma, según ha señalado el Ministerio en un comunicado de prensa. Por tanto, no parece seguro que prolongue hasta el 15 de junio, ya que dependerá de cómo evolucione la epidemia. Hay que tener en cuenta que los alargamientos de los plazos de solicitud pueden retrasar posteriormente las fechas de cobro.
El Mapa ha recordado que l1a presentación telemática de la solicitud la puede realizar o directamente el beneficiario o a través de entidades colaboradoras. Las autoridades competentes de las autonomías proporcionarán las instrucciones necesarias. Mediante citas telefónicas o cualquier otra vía de comunicación fijada por cada CCAA, los beneficiarios contarán con asistencia de organizaciones agrarias, entidades financieras, oficinas comarcales, etc. para realizar el trámite en plazo. Se tomarán las medidas necesarias para que este proceso de captura telemática sea lo más ágil posible, si bien existen alternativas para realizar una modificación posterior. En caso de no poder cumplimentar todos los datos requeridos, podrán completarse o corregirse con posterioridad.
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